JurisprudenciaARG
Primera Instancia

AURORA BEATRIZ JUAREZ Y OTROS C/ SINDICATO DE TRABAJADORES MUNICIPALES DE MORON S.A. S/ INDEMNIZACION POR MUERTE (ART. 248 L.C.T.)

Las partes arribaron a un acuerdo conciliatorio en una acción por indemnización por muerte (art. 248 L.C.T.) por la suma de $ 6.000.000, que el Tribunal homologó con fuerza de cosa juzgada, por no vulnerar normas de orden público y ajustarse a los arts. 12 y 15 de la L.C.T.

Fecha de la sentencia
Tribunal
TRIBUNAL DEL TRABAJO Nº 3 - MORON
Fuero
TRIBUNAL DE TRABAJO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
MO-11003-2021
Indemnizacion por muerte Art. 248 l.c.t. Conciliacion Homologacion Cosa juzgada Orden publico Arts. 12 y 15 l.c.t. Relacion laboral Honorarios Costas

¿Quién es el actor?

Aurora Beatriz Juarez, en su carácter de madre, junto a sus hijos Alan Mauricio Córdoba, Ángela Belén Córdoba y Miguel Angel Córdoba.

¿A quién se demanda?

Sindicato de Trabajadores Municipales de Morón S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Indemnización por muerte (art. 248 L.C.T.).

¿Qué se resolvió?

Homologar con fuerza y autoridad de cosa juzgada el acuerdo conciliatorio celebrado por las partes el 22/9/26 por la suma de $ 6.000.000, monto que integra la suma resultante del plazo fijo N° 806.783/8. Se tuvo presente la distribución acordada: $ 3.000.000 para la madre y $ 1.000.000 para cada uno de los tres hijos. Las costas se impusieron a la parte demandada, eximiéndola del 25% de la tasa de justicia, con depósito de $ 99.000 más sobretasa. Se regularon honorarios a los letrados intervinientes (Dr. Adrián Osvaldo Robledo y Dr. Ricardo Francisco Alberto Bradley) en $ 1.200.000 cada uno, y a la perito contadora Gladys Noemí Seidel en $ 300.000, todo con más aportes legales.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Visto el estado de las presentes actuaciones, los rubros reclamados, el monto convenido y encontrándose controvertidas las modalidades de la relación laboral (fecha de ingreso, jornada), estimo que el convenio que nos ocupa debe ser materia de homologación en virtud de que el mismo no vulnera norma alguna de orden público y se adecua a los dispositivos de los arts. 12 y 15 de la LCT t.o., llegándose a una justa composición de la litis."

"Téngase presente la mora automática y caída de los plazos previstos para el caso de incumplimiento en el depósito en la fecha convenida para su oportunidad."

"En caso de mora serán aplicados intereses moratorios ajustados a la tasa pasiva determinada por el Banco Central de la República Argentina (BCRA) a estos fines, para el período correspondiente (art. 55 de la ley 27.802)."

Las Sras. Juezas Dras. A. Mónica San Martín y Graciela Alicia Porta votaron en igual sentido por compartir los fundamentos.

Leyes que cita

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.