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Primera Instancia

ADAMO HAYDEE MARTA C/ FISCALIA DE ESTADO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL

La actora promovió demanda por accidente de trabajo contra la Fiscalía de Estado de la Provincia de Buenos Aires, empleadora autoasegurada, reclamando la indemnización por incapacidad parcial y permanente sufrida tras una caída en su lugar de trabajo. El Tribunal hizo lugar a la demanda, declaró la inconstitucionalidad del Decreto 669/19 en cuanto a su carácter de decreto de necesidad y urgencia y condenó a la demandada al pago de $7.412.951,47, con intereses.

Fecha de la sentencia
Tribunal
TRIBUNAL DEL TRABAJO Nº 3 - AVELLANEDA
Fuero
TRIBUNAL DE TRABAJO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
35838
Accidente de trabajo Incapacidad parcial y permanente Ley 24.557 Autoasegurado Decreto 669/19 Inconstitucionalidad Decreto de necesidad y urgencia Formula indemnizatoria art. 14 ap. 2 a) Intereses Fiscalia de estado

¿Quién es el actor?

ADAMO HAYDEE MARTA, quien se desempeñaba para la DIRECCION GENERAL DE CULTURA Y EDUCACION DE LA PROVINCIA DE BS AS.

¿A quién se demanda?

FISCALIA DE ESTADO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, en su carácter de empleadora autoasegurada en los términos de la ley 24.557.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

indemnización por las secuelas incapacitantes derivadas de un accidente de trabajo ocurrido el 30/08/2022, consistente en una caída por la escalera mientras la actora bajaba con elementos de trabajo y calzado mojado por el baldeo, con antelistesis grado I de L4 sobre L5 y lesión en codo izquierdo.

¿Qué se resolvió?

se declaró la inconstitucionalidad del Decreto 669/19 en cuanto a su carácter de decreto de necesidad y urgencia; se declararon abstractos los planteos de inconstitucionalidad referidos a normativas del régimen de Riesgos de Trabajo; se hizo lugar a la demanda y se condenó a la demandada al pago de $5.949.006,83 en concepto de capital, más intereses por $1.463.944,64, totalizando $7.412.951,47. Las costas se impusieron a la demandada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Por ello, considero tener por acreditado que el accionante portaba una incapacidad fisica del orden del 11,7 % de la T.O con carácter de parcial y permanente conforme baremo ley 24557 y que resulta consecuencia directa del accidente de trabajo por el que oportunamente accionó."

"Por ello, este Tribunal entiende que corresponde decretar la inconstitucionalidad del decreto 669/19 en cuanto a su carácter de decreto de necesidad y urgencia."

"A partir de ello, y tomando en consideración además, que la declaración de inconstitucionalidad de una ley o un decreto constituye una de las funciones más delicadas susceptibles de encomendarse a un tribunal de justicia, configurando un acto de suma gravedad que debe ser considerado como última ratio del orden jurídico (SCBA, L. 122.160 Sent. del 14-03-2024)."

"Vale recordar al respecto que la doctrina que emana del fallo en cuestión no es de aplicación automática pues requiere la verificación en el caso concreto del 'efecto lesivo' de aplicar la norma de que se trate (en este caso la del art. 12 de la ley 24.557 conf. Ley 27.348), lo que no se verifica en la especie."

"En consecuencia, corresponde condenar a FISCALIA DE ESTADO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES - DIRECCION DE CULTURA Y EDUCACION DE LA PROVINCIA DE BS AS a abonar al actor ADAMO HAYDEE MARTA, la suma de PESOS CINCO MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL SEIS CON OCHENTA Y TRES CENTAVOS ($5.949.006,83)..."

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