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Primera Instancia

ARG ITA S.A. y otros S/ HOMOLOGACION DE CONVENIO

Los trabajadores actores promovieron un proceso de homologación de un acuerdo conciliatorio con la empresa ARG ITA S.A., por el cual se pactó el pago de la suma total de $66.664.344,06. El Tribunal del Trabajo Nro. 2 homologó el acuerdo, reguló honorarios y dispuso que las costas estén a cargo de la demandada.

Fecha de la sentencia
Tribunal
TRIBUNAL DEL TRABAJO Nº 2 - MAR DEL PLATA
Fuero
TRIBUNAL DE TRABAJO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
76471
Homologacion de acuerdo conciliatorio Transaccion laboral Art. 15 lct Justa composicion de derechos Costas a la demandada Regulacion de honorarios Ley 14.967 Art. 277 lct Interes pactado Despido laboral (no determinado en el fallo Solo se informa acuerdo entre partes).

¿Quién es el actor?

AVILA ARMANDO MARTIN; BARDAS HERNAN EZEQUIEL; BECERRA DIEGO ALBERTO; CABRAL NICOLAS SEBASTIAN; CALDERON LEANDRO AGUSTIN; CANCECO JAVIER ALEJANDRO; CORONEL JONATHAN ANDRES; ERQUIAGA LUIS OSCAR; GILARDI FRANCO HUGO; CONTRERAS SUSANA MYRIAM.

¿A quién se demanda?

ARG ITA S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Homologación de un acuerdo conciliatorio celebrado entre las partes en el marco de la presentación "HOMOLOGACION - SOLICITA" (242200516008073907), por el cual se revalida la suma total de $66.664.344,06 a favor de los actores, a pagarse en la forma pactada.

¿Qué se resolvió?

Por mayoría, el Tribunal resolvió: (1) homologar en cuanto por derecho corresponde el acuerdo conciliatorio, con costas a cargo de la demandada; (2) regular honorarios del Dr. IGNACIO ROLON en 250,467 JUS, equivalentes a $13.332.868,81 al día de la fecha, más los porcentajes del art. 14 de la ley 6716 mod. por ley 8455 y el IVA si correspondiere; diferir la regulación de honorarios del Dr. ANDRES GABRIEL ROLON hasta el cumplimiento de la intimación de fecha 15/9/2026; (3) en caso de incumplimiento, aplicar el interés pactado por las partes; (4) hacer saber a las partes el cumplimiento del art. 277 de la L.C.T. (texto ley 27.802).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"importando la solución arribada una justa composición de los derechos y deberes de las partes, en los términos del art. 15 de la L.C.T. (art. 30 Dec. Ley 15.057), deberá homologarse la misma, teniendo presente lo demás manifestado e imponiéndose las costas a la demandada (SCBA 10-9-95 'Garzon c/ El Mangrullo..' en Carpetas DT 1985-2434)." Las Sras. Juezas Slavin y Beldarrain adhirieron por sus fundamentos al voto de la Dra. Bartoli, votando con idéntico alcance.

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