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Primera Instancia

GONZALEZ EZEQUIEL LEONARDO C/ PROVINCIA A.R.T. S.A. S/ ACCIDENTE IN-ITINERE.-

El actor reclamó la indemnización por incapacidad derivada de un accidente in itinere ocurrido el 16/04/2022 con fundamento en la Ley de Riesgos del Trabajo. El Tribunal hizo lugar a la demanda por la suma de $1.567.535, con intereses a tasa activa del Banco Nación, y rechazó el planteo de inconstitucionalidad de las normas cuestionadas.

Fecha de la sentencia
Tribunal
TRIBUNAL DEL TRABAJO Nº 2 - LOMAS DE ZAMORA
Fuero
TRIBUNAL DE TRABAJO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
LZ-47323-2024
Accidente in itinere Ley de riesgos del trabajo Incapacidad permanente Indemnizacion tarifada Inconstitucionalidad Dnu 669/19 Ley 26.773 Ley 27.348 Tasa activa banco nacion Art. 3 ley 26.773.

¿Quién es el actor?

EZEQUIEL LEONARDO GONZALEZ, chofer de transporte público de pasajeros para TRANSPORTE AUTOMOTOR LA PLATA S.A.

¿A quién se demanda?

PROVINCIA A.R.T. S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

indemnización por incapacidad permanente derivada de un accidente in itinere del 16/04/2022, consistente en un asalto con herida punzante en la mano izquierda, más una reacción vivencial anormal neurótica grado II con manifestación fóbica.

¿Qué se resolvió?

por mayoría (votos de los Dres. Rodríguez y Larequi), el Tribunal hizo lugar a la demanda, condenó a la ART al pago de $1.567.535 en concepto de indemnización por incapacidad (13,50% de la capacidad obrera, incluidos factores de ponderación), con intereses a tasa activa del Banco Nación desde el 16/04/2022 (liquidados a la fecha de la sentencia en $4.647.103,81), y a otorgar prestaciones en especie (asistencia psicológica por un año). Se impusieron costas a la demandada vencida. El Dr. Torres adhirió al voto del preopinante con excepción del modo de actualización del IBM, criterio que quedó en minoría y que, por tanto, no integra la decisión.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Dada la forma en que ha quedado votada la cuestión sobre los hechos corresponde ahora aplicar el derecho... la indemnización por un infortunio del trabajo es la fijada por la legislación vigente en la época en que el trabajador tuvo conocimiento de la incapacidad derivada de la dolencia padecida".

Se rechazó la inconstitucionalidad del art. 3 de la Ley 26.773 respecto de los accidentes in itinere, siguiendo la doctrina de la SCBA en "Carvajal": "En el caso de un accidente in itinere no corresponde la prestación adicional prevista por el art. 3 de la ley 26.773, pues no se verifican los presupuestos a los que dicha norma condiciona su aplicación".

Se declaró la inconstitucionalidad del DNU 669/19 por violar el art. 99 inc. 3 de la CN y el principio de progresividad, y se dispuso no aplicarlo para el cálculo del monto debido.

Se mantuvo la constitucionalidad del art. 7 de la Ley 23.928 junto con el art. 11 de la Ley 27.348.

Los intereses se fijaron conforme el art. 12.2 de la Ley 24.557 (texto según Ley 27.348), que establece un interés equivalente al promedio de la tasa activa cartera general nominal anual vencida a 30 días del Banco de la Nación Argentina.

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