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Primera Instancia

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ GLOBAL GROUP SA S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió un proceso de apremio contra GLOBAL GROUP SA por un capital de $94.362,80 más intereses. Ante la falta de oposición de excepciones en término, el Tribunal mandó llevar adelante la ejecución.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 3 - LA PLATA
Fuero
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
3-41908
Apremio provincial Ejecucion fiscal Falta de excepciones Llevar adelante la ejecucion Intereses Articulo 104 codigo fiscal Costas a la vencida Ley 13.406 Domicilio constituido en estrados Administrativo

¿Quién es el actor?

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

¿A quién se demanda?

GLOBAL GROUP SA, intimado de pago en el domicilio de calle Lisandro De La Torre Nº 754, PB de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

cobro de un capital reclamado de PESOS NOVENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS SESENTA Y DOS CON OCHENTA CENTAVOS ($ 94.362,80), con intereses conforme el artículo 104 del Código Fiscal (texto según ley 10.397, t.o. Res. 39/11) desde la interposición de la demanda (02/07/18) hasta su efectivo pago.

Resolución: el Tribunal tuvo por perdido el derecho de la demandada a oponer excepciones, por no haberlas deducido dentro del plazo legal vencido (arts. 116, 155 y concs. del C.P.C.C.), y mandó llevar adelante la ejecución hasta el íntegro pago del capital e intereses. Impuso las costas a la vencida (arts. 68, 556 y concs. del C.P.C.C.), difiriendo la regulación de honorarios (art. 22 ley 13406 y arts. 1, 2, 9, 10 y concs. ley 14967 y modificatorias). Tuvo por constituido el domicilio de la demandada en los estrados del Juzgado (arts. 7 ley 13.406 y 41 del C.P.C.C.).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Habiendo sido la demandada GLOBAL GROUP SA intimada de pago en el domicilio de calle Lisandro De La Torre Nº 754, PB de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (ver mandamiento digital adjunto) y no habiendo opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal, que se encuentra vencido según informa el Actuario en este acto, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 116, 155 y concs. del C.P.C.C.)."

"Por ello, conforme lo solicitado, las constancias obrantes en autos y lo dispuesto en la ley 13.406 y en los artículos 540, 549 y concs. del C.P.C.C., RESUELVO: 1) Mandar llevar adelante la ejecución hasta tanto la demandada GLOBAL GROUP SA haga íntegro pago al accionante, Fisco de la Provincia de Buenos Aires del capital reclamado de PESOS NOVENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS SESENTA Y DOS CON OCHENTA CENTAVOS ($ 94.362,80)."

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