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Primera Instancia

A.R.B.A C/ MAZARI HUGO HORACIO S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió una ejecución fiscal de apremio contra Hugo Horacio Mazari por deudas tributarias documentadas en dos títulos ejecutivos. El Tribunal, ante la falta de oposición de excepciones legítimas dentro del plazo legal, mandó llevar adelante la ejecución por capital, intereses y costas.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 2 - MAR DEL PLATA
Fuero
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
P-9864
Ejecucion fiscal Apremio provincial Titulo ejecutivo Falta de excepciones Llevar adelante la ejecucion Intereses del codigo fiscal Costas Arba Fisco de la provincia de buenos aires Trance y remate

¿Quién es el actor?

ARBA, en representación del FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

¿A quién se demanda?

MAZARI, HUGO HORACIO (DNI N° 11.350.079).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro de la suma de pesos OCHO MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y CUATRO CON VEINTINUEVE CENTAVOS ($ 8.494,29), conforme Títulos Ejecutivos Nro. 383.651 y 383.673, más intereses previstos por el Código Fiscal (arts. 96, 104 y ccdtes. Ley 10.397, t.o. 2011) hasta el pago total, costas y gastos de la ejecución.

¿Qué se resolvió?

Ante la falta de excepciones legítimas opuestas por la parte demandada dentro del plazo legal, se le dio por perdido el derecho que dejó de usar (art. 155 CPCC) y se mandó llevar adelante la ejecución hasta el íntegro pago del capital reclamado, con más intereses, gastos y costas (art. 540 in fine y 556 CPCC). Se difirió la regulación de honorarios para la oportunidad del art. 51 de la Ley 14.967, se tuvo por constituido el domicilio de la parte ejecutada en los estrados del Juzgado (arts. 7 de la Ley 13.406 y 41 CPCC) y se dejó constancia de que la intimación de pago se efectuó en la calle Avellaneda N° 2183 de Mar del Plata (art. 14 Ac. 2514/92).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"No habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal que se encuentra vencido, se le da por perdido el derecho que ha dejado de usar (art. 155 y ccs. del CPCC)."

"Por ello, conforme lo peticionado y lo dispuesto por el art. 540 in fine del CPCC., FALLO: Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto la parte ejecutada MAZARI, HUGO HORACIO (DNI N° 11.350.079) haga al acreedor FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES íntegro pago del capital reclamado por el ejecutante, que asciende a la suma de pesos OCHO MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y CUATRO CON VEINTINUEVE CENTAVOS ($ 8.494,29), -conforme Títulos Ejecutivos Nro. 383.651 y 383.673-, con más los intereses previstos por el Código Fiscal (arts. 96, 104 y ccdtes. Ley 10.397, t.o. 2011) hasta la fecha de su total y efectivo pago, los gastos y las costas de la ejecución (art. 556 del CPCC)."

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