FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ ALBINA FELIPE CARLOS S/ APREMIO PROVINCIAL
El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió apremio fiscal contra Felipe Carlos Albina por un capital de $927.925,90, con intereses desde la interposición de la demanda. El Tribunal, ante la falta de excepciones legítimas dentro del plazo legal, mandó llevar adelante la ejecución e impuso las costas a la vencida.
¿Quién es el actor?
Fisco de la Provincia de Buenos Aires.
¿A quién se demanda?
Albina Felipe Carlos.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Ejecución de capital reclamado de $927.925,90, con intereses conforme el artículo 104 del Código Fiscal (texto según ley 10.397, t.o. Res. 39/11) desde la interposición de la demanda (21/6/2026) hasta su efectivo pago.
¿Qué se resolvió?
Intimado de pago en el domicilio denunciado y no habiendo opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal, el Tribunal dio por perdido el derecho del demandado (arts. 116 y 155 del C.P.C.C.) y mandó llevar adelante la ejecución (arts. 540, 549 y concs. del C.P.C.C. y ley 13.406). Se impusieron las costas a la vencida (arts. 68 y 556 del C.P.C.C.), difiriendo la regulación de honorarios (art. 51 del Decreto-Ley 8.904/77 y modificatorias). Se tuvo por constituido el domicilio del demandado en los estrados del Juzgado (arts. 7 ley 13.406 y 41 del C.P.C.C.).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Habiendo sido el demandado ALBINA FELIPE CARLOS intimado de pago en el domicilio de calle 465 1133 CITY BELL - BUENOS AIRES - 1896 no habiendo opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal, que se encuentra vencido según informa el Actuario en este acto, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 116, 155 y concs. del C.P.C.C.)."
"Por ello, conforme lo solicitado, las constancias obrantes en autos y lo dispuesto en la ley 13.406 y en los artículos 540, 549 y concs. del C.P.C.C., RESUELVO: 1) Mandar llevar adelante la ejecución hasta tanto el demandado ALBINA FELIPE CARLOS haga íntegro pago al accionante, Fisco de la Provincia de Buenos Aires, del capital reclamado de Pesos NOVECIENTOS VEINTISIETE MIL NOVECIENTOS VEINTICINCO CON 90/100 ($927.925,90)."
"2) Las costas se imponen a la vencida (arts. 68, 556 y concs. del C.P.C.C.), difiriendo la regulación de honorarios para la oportunidad procesal pertinente (art. 51 y concs. del Decreto-Ley 8.904/77 y modificatorias)."
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Leyes que cita
- Ley 13.406 de Buenos AiresProcedimiento de apremio para el cobro judicial de creditos fiscales por tributos, sus accesorios y sus multas de la…
- Ley 10.397 de Buenos AiresCódigo fiscal
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