PARAMO CATUS S.A C/ SANCHEZ GABRIEL S/ COBRO EJECUTIVO
La actora promovió ejecución de un pagaré por cobro de un préstamo de dinero, en el marco de una relación de consumo, reclamando además la actualización monetaria del crédito y la declaración de inconstitucionalidad de los artículos 7 y 10 de la ley 23.928 y de los artículos 765 y 766 del Código Civil y Comercial. El Tribunal mandó llevar adelante la ejecución por el capital de $150.000 con intereses acotados a la tasa del Banco de la Nación Argentina, pero desestimó la inconstitucionalidad y la actualización monetaria pretendidas, en aplicación del principio pro consumidor.
¿Quién es el actor?
PARAMO CATUS S.A.
¿A quién se demanda?
GABRIEL SANCHEZ
¿Cuál es el objeto del reclamo?
cobro ejecutivo de un pagaré por una suma de dinero otorgada en carácter de mutuo o préstamo, con intereses, IVA y costas, más la solicitud de inconstitucionalidad de los artículos 7 y 10 de la ley 23.928 y de los artículos 765 y 766 del Código Civil y Comercial de la Nación para obtener actualización monetaria.
¿Qué se resolvió?
No habiendo el demandado opuesto excepciones legítimas en término, se le dio por perdido el derecho a hacerlo (arts. 116 y 155 C.P.C.C.). El Tribunal encuadró el caso como relación de consumo y mandó llevar adelante la ejecución por PESOS CIENTO CINCUENTA MIL ($150.000) de capital, con intereses pactados en el pagaré en la medida que no superen los del Banco de la Nación Argentina en descuento a treinta días desde el 22/09/2022, más IVA y hasta el efectivo pago. Desestimó la inconstitucionalidad y la actualización monetaria. Impuso las costas a la demandada y difirió la regulación de honorarios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Los principios constitucionalizados en tutela del consumidor y/o usuario, a tenor del art. 42 de la Carta Magna, deben ser respetados tanto en materia fondal como procesal y orientados a mantener el axioma 'pro consumidor' (art. 1094 Cod. Civil y Comercial de la Nación)".
"...en el caso de autos se trata de una deuda de valor, adquirida en el marco de una relación de consumo en la que el proveedor tiene un conocimiento específico de la actividad desarrollada de manera 'profesional' (art 2 de la ley 24.240), lo que lo coloca en una situación ventajosa sobre el consumidor, permitiéndole tomar las previsiones propias ante los reiterados procesos inflacionarios que ha atravesado la economía argentina, cabe entender que no corresponde en este caso particular declarar la inconstitucionalidad de los artículos 7 y 10 de la ley 23.928...".
"...la inconstitucionalidad configura un acto de suma gravedad institucional que debe ser considerado como última 'ratio' del orden jurídico, por lo que requiere inexcusablemente la demostración del agravio en el caso concreto..."
"...no configurándose en la especie un supuesto que pueda asemejarse al caso 'Barrios', no corresponde la aplicación genérica e indiscriminada del mismo, por lo cual se impone la desestimación del referido pedido de inconstitucionalidad formulado por la ejecutante."
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Leyes que cita
- Ley 24.240Defensa del consumidor
- Ley 26.994Codigo civil y comercial de la nacion
- Ley 23.928Convertibilidad del austral
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