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Primera Instancia

BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ ROLDAN CRISTIAN JOSE S/ COBRO SUMARIO SUMAS DINERO (EXC.ALQUILERES, ETC.)

El Banco de la Provincia de Buenos Aires promovió demanda de cobro sumario de sumas de dinero contra Cristian José Roldán por el saldo deudor de sus tarjetas de crédito VISA y Mastercard. El Tribunal, ante la rebeldía de la demandada, hizo lugar a la demanda por la suma de $168.422,50 con más intereses a tasa activa y costas a cargo de la demandada.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº14 - SAN ISIDRO
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
SI-43173-2022
Cobro sumario Tarjeta de credito Rebeldia Prueba documental Contrato olografo Ley 25.065 Tasa activa Intereses Costas Contumacia.

¿Quién es el actor?

Banco de la Provincia de Buenos Aires.

¿A quién se demanda?

Cristian José Roldán, declarado rebelde (art. 59 CPCC).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

cobro de pesos por el saldo deudor de las tarjetas VISA (cuenta 94803002, $167.032,84) y Mastercard (cuenta 782739, $1.389,66), total $168.422,50.

¿Qué se resolvió?

el Tribunal hizo lugar a la demanda, condenó al demandado a abonar $168.422,50 dentro de los diez días de firme la sentencia, con más tasa activa del Banco de la Provincia de Buenos Aires en operaciones de descuento a 30 días, e impuso costas a la demandada vencida.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que, ante la contumacia de la demandada, es necesario estar a la veracidad de los hechos expuestos por el actor, que deben tenerse por ciertos juntamente con la documentación acompañada, por no existir elementos que contradigan sus requerimientos..."

"De la documentación acompañada en la demanda surge la relación comercial invocada por el banco actor. En efecto, el día 07/08/26 se acompañó el contrato original suscripto en forma ológrafa por el Sr. Roldan el día 17/07/2019."

"A mayor abundamiento, también se acompañó la certificación requerida por los arts. 27, 28 y 39 de la ley 25.065."

Intereses: "corresponde aplicar la tasa activa del Banco de la Provincia de Buenos Aires en sus operaciones de descuento a 30 días (art. 565 del Código de Comercio anterior, y arts. 7 y 768 del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación según la ley 26.994)", desde los vencimientos de los resúmenes hasta el efectivo pago.

Leyes que cita

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