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Primera Instancia

GRUPO LA MARIANA MR SRL C/ IBAÑEZ AIRALDI CARLOS JAVIER S/ COBRO EJECUTIVO DE EXPENSAS

Se trata de un proceso de cobro ejecutivo de expensas promovido por Grupo La Mariana MR SRL contra Carlos Javier Ibañez Airaldi. El Tribunal dispuso aclarar la sentencia de trance y remate del 07/07/2026, corrigiendo el nombre del ejecutado a IBAÑEZ AIRALDI CARLOS JAVIER.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº11 - MAR DEL PLATA
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
MP-25436-2025
Cobro ejecutivo Expensas Sentencia de trance y remate Auto aclaratorio Error material Correccion de nombre del ejecutado Preparativos de subasta Notificacion electronica Art. 34 inc. 5 cpcc Ejecucion de expensas.

¿Quién es el actor?

GRUPO LA MARIANA MR SRL.

¿A quién se demanda?

IBAÑEZ AIRALDI CARLOS JAVIER (consignado erróneamente como "CARLOS IBAÑEZ" en la sentencia de trance y remate).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

cobro ejecutivo de expensas. La presentación de la parte actora solicitaba que se libren oficios y mandamiento de constatación.

Resolución: el Tribunal, tras modificarse la carátula de la causa en cumplimiento de un proveído del 02/09/2026, dictó auto aclaratorio de la sentencia de trance y remate del 07/07/2026, precisando los nombres y apellidos correctos del ejecutado. Se ordenó registrar, notificar al ejecutado por cédula en el domicilio real denunciado y a la parte ejecutante por comunicación electrónica (arts. 40, 135 y 150 CPCC; Acordada 4039/21 SCBA).

Pendiente: se proveerá, una vez fechado el expediente, lo que corresponda sobre el pedido de disponer los preparativos de subasta (art. 34 inc. 5 CPCC).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Habiéndose modificado la carátula de estas actuaciones, en cumplimiento de lo dispuesto en el proveído dictado el día 02/09/2026 11:22:11, se procede en este acto a dictar el presente auto aclaratorio de la sentencia de trance y remate dictada el día 07/07/2026 12:02:49, en el sentido de que los nombres y apellidos correctos del ejecutado son IBAÑEZ AIRALDI CARLOS JAVIER y no CARLOS IBAÑEZ como allí se consignó."

"II.- FECHO, se proveerá lo que por derecho corresponda en cuanto al pedido de disponer los preparativos de subasta (art. 34 inc. 5to. del CPCC)."

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