JurisprudenciaARG
Primera Instancia

BANEGAS GISELA ANTONELLA C/ KETEN LILIANA MABEL y otro/a S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)

La actora promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito ocurrido en una intersección, reclamando rubros materiales, lesiones y daño moral. El Juzgado hizo lugar a la demanda y condenó a la demandada a pagar $37.111.362, con intereses, por responsabilidad objetiva por riesgo creado.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 6 - SAN MARTIN
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
69796
Responsabilidad objetiva Riesgo creado Accidente de transito Cosa riesgosa Incapacidad fisica sobreviniente Dano moral Citacion en garantia Carga de la prueba Intereses Tasa pasiva

¿Quién es el actor?

Gisela Antonella Banegas, conductora del Ford Ka dominio EVZ 358.

¿A quién se demanda?

Liliana Mabel Keten, conductora y titular registral del Ford EcoSport dominio NOS 116, con citación en garantía a Nivel Seguros S.A. (póliza 4-743148-0, Responsabilidad Civil hacia Terceros).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reclamo indemnizatorio por el accidente ocurrido el 4 de febrero de 2022 en la intersección de la calle El Callao y Soler, Grand Bourg (Malvinas Argentinas). Rubros reclamados: daños materiales, privación de uso, desvalorización venal, incapacidad física sobreviniente, daño moral, daño psicológico, gastos de traslado y gastos de transporte.

¿Qué se resolvió?

el Tribunal hizo lugar a la demanda. Fijó la indemnización en $37.111.362, que comprende: incapacidad física sobreviniente $27.500.000; daño moral $8.000.000; gastos de farmacia, asistencia médica y traslado $700.000; daños materiales $911.362. Rechazó los rubros de daño psicológico (no se dictaminó incapacidad psíquica), desvalorización venal (no acreditada) y privación de uso (no probada). Impuso costas a la demandada vencida. Hizo extensivos los efectos a la aseguradora citada en garantía en la medida del contrato.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Tratándose de un accidente con participación de dos automóviles es de aplicación la ya hace tiempo consagrada responsabilidad objetiva con fundamento en el riesgo creado, principalmente en el área de los accidentes de automotores (art. 1.722, 1.723, 1.757, 1.758, 1.769 y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación), en virtud de ello el accionado deberá probar si se dan o no algunas de las eximentes de responsabilidad del daño causado (...)".

"Por ello, debe considerarse responsable a la nombrada demandada por no haber Liliana Mabel Keten aportado a la causa elemento alguno que acredite la culpa del actor".

"Atento lo dictaminado por el perito ingeniero mecánico, considero ajustado a derecho establecer el rechazo del reclamo indemnizatorio en análisis" (desvalorización venal); y, respecto de la privación de uso: "no se han aportados mínimos elementos que permitan acreditar o por los menos inferir cuales fueron los medios de transportes utilizados en reemplazo de su rodado".

En cuanto al daño psicológico, el Tribunal se apoyó en la pericia de la Lic. Carou: "No se dictamina incapacidad psíquica", y en que "el accidente no se instauró como traumático".

Intereses: 6% anual puro desde el hecho hasta la sentencia, y desde allí "Tasa Pasiva más Alta" del BCRA o del Banco Provincia a elección del actor hasta el pago; para daños materiales, 6% desde el hecho hasta la pericia mecánica (27/08/2023).

Leyes que cita

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.