BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ CAMELO GIRALDO JOHN MARIO S/ COBRO SUMARIO SUMAS DINERO (EXC.ALQUILERES, ETC.)
El Banco de la Provincia de Buenos Aires promovió demanda por cobro sumario de pesos contra John Mario Camelo Giraldo por el saldo impago de dos tarjetas de crédito (VISA y MASTERCARD). El Tribunal, ante la rebeldía del demandado, hizo lugar a la demanda y lo condenó a pagar la suma de $408.599,29 con más intereses compensatorios y punitorios, dentro de los límites fijados por la Ley 25.065.
¿Quién es el actor?
Banco de la Provincia de Buenos Aires, representado por la Dra. Isabela Ramello.
¿A quién se demanda?
John Mario Camelo Giraldo (DNI 95.775.807), declarado rebelde.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
cobro de pesos por el saldo impago de las tarjetas VISA (cuenta N° 1191845856) y MASTERCARD (cuenta N° 1449957), por $408.599,29, con más intereses compensatorios y punitorios pactados, costas y costas de ejecución.
¿Qué se resolvió?
hacer lugar a la demanda y condenar al demandado a abonar la suma reclamada dentro de los diez días de quedar firme la sentencia, con intereses compensatorios y punitorios, siempre que su cálculo final no supere los topes fijados por el art. 16 de la Ley 25.065 y la cláusula sexta del contrato. Costas a la parte demandada en su condición de vencida.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"I) Que atento los términos en que ha quedado trabada la litis -esto es, rebeldía de la demandada- que se encuentra firme (...), la misma constituye en el caso una presunción de verdad de los hechos lícitos y pertinentes contenidos en el escrito liminar, como asimismo la admisión ficta de la autenticidad de la documentación con él agregada (...)."
"II) Igualmente se ha señalado que la situación contumaz asumida por el accionado, además de producir la pérdida del ejercicio de las facultades procesales que se dejaron de usar y de originar la preclusión, crea una presunción desfavorable al remiso aliviando la carga probatoria de la contraria (...)."
"III) Consecuentemente con lo expresado, corroboradas las afirmaciones de la actora relativas a los hechos constitutivos del derecho invocado, con la documental aportada, la acción por cobro de pesos instaurada debe prosperar por las sumas solicitadas (...)."
"IV) Corresponde aplicar al capital reclamado (...) los intereses compensatorios y punitorios pactados desde la mora ocurrida el 6/5/2024 para el saldo impago de la tarjeta de crédito Visa de $140.525,12 y el 5/2/2024 para el saldo impago de la tarjeta de crédito Mastercard de $268.074,17 hasta el efectivo pago; siempre que su cálculo final no supere los topes determinados por los arts. 16 de la Ley 25.065 (...)."
"V) Las costas son impuestas a la parte accionada en su condición de vencida (arts. 60 y 68 C.P.C.C.)."
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