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Primera Instancia

MEDORI HUGO SEGUNDO S/ SUCESION AB-INTESTATO

Se dictó declaratoria de herederos en el proceso sucesorio ab intestato de Hugo Segundo Medori, fallecido el 4 de abril de 2023 en Bahía Blanca. El Tribunal declaró heredero por derecho a su hijo Alfonso Hugo Medori, tras verificar el fallecimiento, el parentesco y la inexistencia de testamento y de otros juicios sucesorios.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 4 - BAHIA BLANCA
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
58683
Declaratoria de herederos Sucesion ab intestato Heredero forzoso Hijo Art. 2426 codigo civil y comercial Registro de testamentos Publicacion de edictos Intervencion fiscal Bahia blanca

¿Quién es el actor?

No se trata de un proceso contencioso. Se trata de una solicitud de declaratoria de herederos en sede sucesoria, sin demandante ni demandado identificados como partes litigiosas.

¿A quién se demanda?

No corresponde, al tratarse de un proceso sucesorio ab intestato.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Declaratoria de herederos del causante Hugo Segundo Medori.

¿Qué se resolvió?

Se declaró, en cuanto ha lugar por derecho, que por el fallecimiento de Hugo Segundo Medori le sucede en carácter de heredero su hijo Alfonso Hugo Medori (art. 2426 del Código Civil y Comercial). Se dispuso el cese de la intervención fiscal y la continuación de los autos según su estado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Con el certificado de defunción del 4 de junio de 2026 se justifica el fallecimiento del causante de autos MEDORI HUGO SEGUNDO ocurrido el día 4 de abril de 2023 en Bahía Blanca."

"Que el causante era de estado civil viudo. Con el acta adjunta se acredita el nacimiento de ALFONSO HUGO MEDORI el 07 de marzo de 1967 en Bahía Blanca."

"Con el certificado expedido por el Sr. Director del Registro de Testamentos del 18 de agosto de 2026, se justifica que no consta inscripta minuta alguna de testamento por el nombre del causante y con la planilla de Registro de Juicios Universales del 25 de junio de 2026 se acredita que no consta a nombre del causante la iniciación de ningún juicio similar."

"POR ELLO, de conformidad con lo pedido, no habiendo el Sr. Agente Fiscal formulado observación y de acuerdo a lo dispuesto por los arts. 2424, 2.426 del Código Civil y Comercial y art. 735 del Código Procesal Civil y Comercial de la Pcia. de Buenos Aires, declárase en cuanto ha lugar por derecho que por fallecimiento de MEDORI HUGO SEGUNDO le sucede en carácter de heredero su hijo ALFONSO HUGO MEDORI (art. 2.426 del C. C. y C.)."

Leyes que cita

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