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Primera Instancia

CORNEJO AGUSTIN JAVIER S/ SUCESION AB-INTESTATO

Se tramita la declaratoria de herederos de Agustín Javier Cornejo, fallecido el 14 de marzo de 2026 en Bahía Blanca, en un proceso sucesorio ab intestato. El Tribunal declara herederos a sus hijas Ámbar Cornejo Giménez y Juana Cornejo Giménez, verificada la inexistencia de testamento y de otros juicios universales.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 4 - BAHIA BLANCA
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
58615
Sucesion ab intestato Declaratoria de herederos Herederos forzosos Descendientes Codigo civil y comercial art. 2426 Edictos Registro de testamentos Registro de juicios universales Intervencion fiscal Bahia blanca

¿Quién es el actor?

no se identifica una parte actora en sentido estricto; se trata de un proceso sucesorio iniciado para obtener la declaratoria de herederos de Agustín Javier Cornejo.

¿A quién se demanda?

no corresponde por tratarse de un trámite sucesorio sin contraparte.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

declaratoria de herederos del causante Agustín Javier Cornejo, fallecido el 14 de marzo de 2026 en Bahía Blanca.

¿Qué se resolvió?

declara que por fallecimiento de Agustín Javier Cornejo le suceden en carácter de herederos sus hijas Ámbar Cornejo Giménez y Juana Cornejo Giménez, y dispone cesar la intervención fiscal, notificar y registrar copia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"PRIMERO: Con el certificado de defunción adjunto a la presentación del 15 de Julio de 2026 se justifica el fallecimiento del causante de autos AGUSTIN JAVIER CORNEJO ocurrido el día 14 de Marzo de 2026 en Bahía Blanca."

"SEGUNDO: Que el causante era soltero, siendo sus hijas que viven y se llaman: ÁMBAR CORNEJO GIMÉNEZ, nacida el día 5 de Marzo de 2020 y JUANA CORNEJO GIMÉNEZ, nacida el día 26 de Febrero de 2023, ambas en la ciudad de Bahía Blanca, según así se justifica con las partidas de nacimiento adjuntas..."

"TERCERO: Con los diarios y recibos adjuntos con fecha 02 de Julio de 2026 se justifica haber hecho las publicaciones de edictos ordenadas el día 15 de Mayo de 2026, sobre cuyo resultado y vencimiento certifica el Actuario el 14 de Julio de 2026."

"CUARTO: Con el certificado expedido por el Sr. Director del Registro de Testamentos del 27 de Mayo de 2026, se justifica que no consta inscripta minuta alguna de testamento por el nombre del causante y con la planilla de Registro de Juicios Universales del 20 de Mayo de 2026 se acredita que no consta a nombre del causante la iniciación de ningún juicio similar."

"POR ELLO, de conformidad con lo pedido, no habiendo el Sr. Agente Fiscal ni el Asesor de Incapaces formulado observación... declárase en cuanto ha lugar por derecho que por fallecimiento de AGUSTIN JAVIER CORNEJO le suceden en carácter de herederos sus hijas ÁMBAR CORNEJO GIMÉNEZ y JUANA CORNEJO GIMÉNEZ (art. 2.426 del C. C. y C.)."

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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