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Primera Instancia

ROTMAN YEXALEM ESTEFANIA C/ D´ORTENZIO SERGIO GUSTAVO PASCUAL Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)

Tres menores lesionados al ser trasladados como pasajeros en un micro de Mar del Bus S.A. demandan por daños y perjuicios por el salto del vehículo al atravesar un baden. El Tribunal hace lugar a la demanda, atribuye responsabilidad objetiva al transportista bajo el régimen del contrato de transporte y la ley de defensa del consumidor, y condena a pagar $15.600.000 en concepto de gastos médicos y daño moral.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 3 - MAR DEL PLATA
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
MP-22504-2023
Responsabilidad del transportista Danos a pasajeros Obligacion de seguridad Responsabilidad objetiva Relacion de consumo Contrato de transporte Dano moral Incapacidad no acreditada Seguro obligatorio Intereses moratorios

¿Quién es el actor?

Yexalem Estefanía Rotman, Catalina Barragan y Sergio Ignacio Paz, representados por sus progenitores y luego por sí mismos al alcanzar la mayoría de edad.

¿A quién se demanda?

Mar del Bus S.A., titular del micro Mercedes Benz dominio KPC-426, y Sergio Gustavo Pascual D'Ortenzio, conductor. Citada en garantía: Paraná Sociedad Anónima de Seguros.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reparación de daños por lesiones sufridas el 17 de marzo de 2023, reclamando $9.177.150 total, por gastos terapéuticos, gastos de mediación, disminución de la integridad psicofísica y daño moral.

¿Qué se resolvió?

se hace lugar a la demanda y se condena a los demandados, junto con la aseguradora en la medida del seguro, a abonar $15.600.000 (correspondiendo $5.200.000 a cada actor) en concepto de gastos médicos y daño moral, con intereses a tasa pura del 6% anual desde el daño hasta la sentencia y luego tasa TIM del BCRA. Se rechaza el rubro por disminución de la integridad psicofísica por no existir secuelas acreditadas según el peritaje traumatológico, se rechaza el rubro gastos de mediación por ser materia de costas, y se rechaza la capitalización de intereses. Se imponen costas a los demandados y a la aseguradora.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Quedó demostrado que el día 17 de marzo de 2023, aproximadamente a las 13 hs., los -en aquel entonces- menores de edad, Yexalem Estefanía Rotman, Catalina Barragan y Sergio Ignacio Paz, circulaban como pasajeros a bordo del micro ómnibus marca Mercedes Benz, perteneciente a la empresa Mar del Bus S.A. ... el cual era conducido por Sergio Gustavo Pascual D'Ortenzio (confesional en rebeldía), y en circunstancias en que los actores eran trasladados en la referida unidad, producto de un movimiento brusco que realizó el micro circulando por la Avenida Fortunato de la Plaza (a la altura aproximada de la intersección con la calle Vergara), sufrieron caídas y lesiones dentro del mismo."

"En supuestos en los que el daño se produce en ocasión o durante la ejecución del contrato de transporte... la obligación de seguridad que pesa sobre el transportista... abre las puertas a la responsabilidad contractual... violándose el deber de seguridad como obligación de resultado que se halla implícito en el contrato principal."

"Los accionados no se valieron de ningún medio probatorio que estuviera encaminado a demostrar las acciones que les endilgan a los actores... incumpliendo así con el deber impuesto por el art. 53 de la ley 24.240... De allí que la negativa formulada al contestar la demanda, sin aportar elementos de prueba que la sustente, configura una presunción en su contra."

"Atribuyo la plena responsabilidad por la ocurrencia del hecho que se ventila en autos a Mar del Bus SA ... y a Sergio Gustavo Pascual D'Ortenzio -conductor del micro-."

"Para el daño moral... se admite el reclamo, justipreciado a valores actuales, en la suma total de $15.000.000 -comprensivos de $5.000.000 para cada uno de los actores-."

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