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Primera Instancia

BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ ANDUCH OSCAR EDUARDO S/ COBRO SUMARIO SUMAS DINERO (EXC.ALQUILERES, ETC.)

El Banco de la Provincia de Buenos Aires promovió cobro sumario de sumas de dinero contra Oscar Eduardo Anduch por el saldo impago de un préstamo personal para capital de trabajo (Línea Micro Emprendedores BIP). El Juzgado hizo lugar a la demanda por la suma de $608.215,89 con más intereses desde la mora, al considerar reconocido el contrato y la certificación de deuda por la rebeldía del demandado.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 1 - LA PLATA
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
894105
Cobro sumario Prestamo personal Rebeldia Reconocimiento de contrato Relacion de consumo Credito para el consumo Intereses compensatorios y punitorios Tope de intereses Costas Codigo civil y comercial.

¿Quién es el actor?

Banco de la Provincia de Buenos Aires, representado por la Dra. Mariela Tesler.

¿A quién se demanda?

Oscar Eduardo Anduch (DNI 25.780.933), declarado rebelde.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

cobro de $608.215,89 correspondientes al saldo de un Préstamo Línea Micro Emprendedores BIP Nº 330-50004813, otorgado el 28/02/2024 por $700.000 con destino a capital de trabajo, más intereses compensatorios y punitorios, costos y costas.

¿Qué se resolvió?

se hace lugar a la demanda, condenando al demandado a abonar la suma reclamada dentro de los diez días de firme la sentencia, con intereses desde la fecha de mora (20/12/2024), e imponiendo las costas al demandado vencido. La regulación de honorarios se posterga hasta que quede firme la liquidación.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En virtud de la rebeldía declarada, debe concluirse que ha quedado reconocido el contrato de préstamo suscripto de conformidad, certificación de la deuda y listado histórico del mutuo de los cuales surge tanto el importe otorgado y acreditado como las cuotas devengadas, pagas e impagas, correspondiendo en consecuencia condenar al accionado a abonar a la actora la suma de $ 608.215,89, con más los intereses que correspondan desde la fecha de mora".

"Ante la naturaleza del negocio jurídico que vincula a las partes y que dio causa al crédito aquí reclamado, corresponde en el caso del saldo impago por el contrato de préstamo de dinero adicionarle el interés pactado en el documento base de la ejecución y fijar como tope para la sumatoria de ambos tipos de interés (compensatorio y punitorio) dos veces la tasa que percibe el Banco de la Provincia de Buenos Aires en sus operaciones normales de descuento a treinta días vigente para los distintos periodos de aplicación".

Respecto del derecho aplicable: "la cuestión referida queda circunscripta a las previsiones contenidas en la ley especial 'Tarjeta de Crédito' y la aplicación del nuevo Código Civil y Comercial", con aplicación de la normativa consumeril por tratarse de una relación de consumo y de crédito para el consumo (arts. 1, 2, 3, 4, 36 ss. y ccs. de la ley 24.240, reformada por ley 26.361).

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