JurisprudenciaARG
Primera Instancia

GODOY MARIA SIXTA S/ SUCESION AB-INTESTATO

Se tramita la declaratoria de herederos de María Sixta Godoy, fallecida el 16 de julio de 2023 en estado civil soltera. El Tribunal declara en cuanto ha lugar por derecho, y sin perjuicio de terceros, que le suceden como universales herederos sus hijos Roberto Oscar Godoy, Liliana Isabel Medina, Sergio Alfredo Lucero, Sergio René Lucero y Gabriel Gustavo Lucero, y dispone el cese de la intervención del Ministerio Fiscal.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 1 - CAMPANA
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
55926
Declaratoria de herederos Sucesion Universales herederos Filiacion Publicacion de edictos Art. 734 cpcc Art. 2424 ccyc Art. 2426 ccyc Cese de intervencion del ministerio fiscal Proceso sucesorio

¿Quién es el actor?

DESCONOCIDO (el texto corresponde a una resolución de declaratoria de herederos, sin identificación de la parte peticionante en el fragmento; surge únicamente la referencia a una presentación electrónica "SOLICITA SE DICTE").

¿A quién se demanda?

No hay demandado; se trata de un proceso sucesorio (declaratoria de herederos).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Declaratoria de herederos de María Sixta Godoy.

¿Qué se resolvió?

"RESUELVO: 1.- Declarar en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio de terceros, que por fallecimiento de María Sixta Godoy le suceden en carácter de universales herederos sus hijos Roberto Oscar Godoy, Liliana Isabel Medina, Sergio Alfedo, Sergio René y Gabriel Gustavo Lucero y Medina. 2.- Cése la intervención del Ministerio Fiscal (Art. 728, inc. 1 del CPCC). 3.- Regístrese. Notifíquese a la parte y a la Agente Fiscal Departamental a sus domicilio electrónico en forma automatizada (Ac. 4039/2021 SCBA).-"

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"a) Que con el certificado adjunto a la demanda, se acredita el fallecimiento de María Sixta Godoy, ocurrido el día 16 de Julio de 2023.-"

"b) Que la causante era de estado Civil soltera (conf. documentación adjunta a la presentación electrónica de fecha 18/09/2026).-"

"c) Que la causante tuvo su hijo Roberto Oscar Godoy, el día 23/07/1955; que de la unión de la causante con Euterio Medina nació Liliana Isabel Medina, el 07/02/1959; que de la unión de la causante con Afredo Lucero nacieron Sergio Alfredo Lucero, el día 25/02/1962; Sergio René Lucero, el día 15/09/1963; Gabriel Gustavo Lucero, el día 29/09/1975 (conf. documentación adjunta a la presentación electrónica de fecha 07/11/2024).-"

"d) Que con la constancia de fecha 16/07/2026 consta haberse efectuado la publicación de edictos que prescribe el art. 734 inc. 2 del CPCC, cuyo resultado negativo informa en este acto la Actuaria.-"

Fundamento normativo invocado: "Por ello, de conformidad con lo pedido, lo dictaminado por el Ministerio Fiscal y lo dispuesto por los arts. arts. 2424 y 2426 del Código Civil y Comercial y arts. 735 y 737 del CPCC".

Leyes que cita

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.