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Primera Instancia

VAZQUEZ PASCUALA Y OTRO/A S/ SUCESION AB-INTESTATO

En proceso sucesorio por fallecimiento de José Paredes y de su cónyuge Pascuala Vazquez, el Tribunal declaró herederos universales a sus hijos Paula Alba Vazquez, José Tomás Paredes y Elsa Leonarda Paredes Vazquez, y a la cónyuge supérstite en cuanto a los bienes propios del causante, sin perjuicio de sus derechos sobre los gananciales.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 1 - CAMPANA
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
55918
Sucesion Declaratoria de herederos Herederos universales Conyuge superstite Gananciales Bienes propios Edictos Ministerio fiscal Codigo civil y comercial Cpcc

Tipo de proceso: sucesión (declaratoria de herederos).

Causantes: José Paredes, fallecido el 19/09/2020, y Pascuala Vazquez, fallecida el 28/10/2020.

Vínculo: matrimonio celebrado el 4/11/1974; hijos Paula Alba Vazquez (13/01/1970), José Tomás Paredes (22/08/1975) y Elsa Leonarda Paredes (26/09/1978).

Trámite: se acreditó el fallecimiento con certificados, el matrimonio y el nacimiento de los hijos; se publicaron edictos del art. 734 inc. 2 CPCC con resultado negativo; intervino el Ministerio Fiscal.

¿Qué se resolvió?

(1) por el fallecimiento de José Paredes, son herederos universales sus hijos Paula Alba Vazquez, José Tomás y Elsa Leonarda Paredes Vazquez, y su cónyuge supérstite Pascuala Vazquez, a quien se declara heredera también en cuanto a los bienes propios, sin perjuicio de los derechos que la ley le reconoce sobre los gananciales; (2) por el fallecimiento de Pascuala Vazquez, son herederos universales sus hijos Paula Alba Vazquez, José Tomás y Elsa Leonarda Paredes Vazquez; (3) se hizo cesar la intervención del Ministerio Fiscal (art. 728 inc. 1 CPCC).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

la decisión se apoya en los arts. 2424, 2426 y 2433 del Código Civil y Comercial y en los arts. 735 y 737 del CPCC, con dictamen favorable del Ministerio Fiscal. Textualmente: "Que con el certificado adjunto a la demanda se acredita el fallecimiento de José Paredes, ocurrido el día 19 de Septiembre de 2020 y el de Pascuala Vazquez, ocurrido el día 28 de Octubre de 2020."

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