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Corte Suprema

Recurso Queja Nº 1 - GARCIA VEGA, EDGARDO DANIEL c/ SECURITAS SUR SOCIEDAD ANONIMA Y OTRO s/DESPIDO

La Corte Suprema hizo lugar a la queja de la codemandada Securitas Sur S.A. en un juicio por despido y declaró parcialmente procedente el recurso extraordinario, dejando sin efecto la sentencia de la Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo en cuanto a la aplicación del acta 2764/2022, por remisión al precedente Oliva. Los demás agravios fueron declarados inadmisibles por el art. 280 del CPCCN.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CNT 019975/2021/1/RH001
Despido Acta 2764/2022 Recurso extraordinario Recurso de queja Art. 280 cpccn Causa oliva Remision a precedente Desestimacion por inadmisibilidad Securitas sur Camara nacional de apelaciones del trabajo.

¿Quién es el actor?

Edgardo Daniel García Vega.

¿A quién se demanda?

Securitas Sur Sociedad Anónima y otro.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reclamo por despido.

¿Qué se resolvió?

se hizo lugar a la queja, se declaró parcialmente procedente el recurso extraordinario y se dejó sin efecto la sentencia apelada con el alcance indicado, ordenando el dictado de un nuevo pronunciamiento. Costas por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que los cuestionamientos de la apelante vinculados con la aplicación del acta 2764/2022 de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo encuentran adecuada respuesta en el pronunciamiento dictado por esta Corte en la causa 'Oliva' (Fallos: 347:100), a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir en razón de brevedad."

"Que respecto de los demás agravios, el recurso extraordinario es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."

¿Cómo votaron los jueces?

"…cabe poner de relieve -a fin de evitar interpretaciones erróneas acerca del alcance de los fallos de la Corte Suprema- que la desestimación de un recurso extraordinario mediante la aplicación de dicha norma no importa confirmar ni afirmar la justicia o el acierto de la decisión recurrida…" (causa "Vidal", Fallos: 344:3156).

Leyes que cita

  • Ley 17.454Codigo procesal civil y comercial de la nacion

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