Recurso Queja Nº 1 - BRIZUELA, NADIA SOLEDAD c/ COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE s/DESPIDO
La Corte Suprema hizo lugar a la queja y declaró parcialmente procedente el recurso extraordinario interpuesto por la Comisión Nacional de Regulación del Transporte en un juicio por despido. Dejó sin efecto la sentencia de la Sala VI de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo con el alcance indicado y ordenó dictar un nuevo pronunciamiento, remitiendo a la causa Lacuadra en cuanto a la aplicación del acta 2783/2024.
¿Quién es el actor?
Nadia Soledad Brizuela.
¿A quién se demanda?
Comisión Nacional de Regulación del Transporte (C.N.R.T.).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
despido.
¿Qué se resolvió?
se hizo lugar a la queja, se declaró parcialmente procedente el recurso extraordinario y se dejó sin efecto la sentencia apelada con el alcance indicado, devolviendo los autos al tribunal de origen para que dicte un nuevo pronunciamiento. Costas por su orden. Los demás agravios fueron declarados inadmisibles (art. 280 CPCCN).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que los cuestionamientos de la apelante vinculados con la aplicación del acta 2783/2024 de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo encuentran adecuada respuesta en el pronunciamiento dictado por esta Corte en la causa "Lacuadra" (Fallos: 347:947), a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir, en lo pertinente, en razón de brevedad."
"Que respecto de los demás agravios, el recurso extraordinario es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."
¿Cómo votaron los jueces?
"...cabe poner de relieve -a fin de evitar interpretaciones erróneas acerca del alcance de los fallos de la Corte Suprema- que la desestimación de un recurso extraordinario mediante la aplicación de dicha norma no importa confirmar ni afirmar la justicia o el acierto de la decisión recurrida..." (conf. causa "Vidal", Fallos: 344:3156).
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Normas que cita
- Acta 2783/2024
- Ley 17.454
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