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Corte Suprema

Recurso Queja Nº 1 - CASTAÑO GUSTAVO RAMON c/ DINAXER S.A. Y OTROS s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

Los codemandados Experta ART SA y Edenor interpusieron recursos extraordinarios contra la sentencia de la Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo en un juicio por accidente de trabajo. La Corte Suprema hizo lugar parcialmente a las quejas, dejó sin efecto la sentencia apelada en lo relativo a la aplicación del acta 2783/2024, remitiendo a la causa Lacuadra, y declaró inadmisible el resto de los agravios.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CNT 053116/2010/1/RH001
Accidente de trabajo Ley especial Acta 2783/2024 Recurso extraordinario Inadmisibilidad Art. 280 cpccn Lacuadra Experta art Edenor Corte suprema

¿Quién es el actor?

Gustavo Ramón Castaño.

¿A quién se demanda?

Dinaxer S.A., Experta ART SA, Empresa Distribuidora y Comercializadora Norte S.A. (Edenor) y otros.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reclamo por accidente - ley especial (accidente de trabajo).

¿Qué se resolvió?

se hacen lugar a las quejas, se declaran parcialmente procedentes los recursos extraordinarios y se deja sin efecto la sentencia apelada con el alcance indicado. Se remite a los fundamentos de "Lacuadra" (Fallos: 347:947) respecto del acta 2783/2024 de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo. Respecto de los demás agravios de Experta ART SA, el recurso extraordinario es declarado inadmisible (art. 280 CPCCN). Las costas se imponen por su orden y los autos vuelven al tribunal de origen para que se dicte un nuevo pronunciamiento.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que los cuestionamientos de las apelantes vinculados con la aplicación del acta 2783/2024 de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo encuentran adecuada respuesta en el pronunciamiento dictado por esta Corte en la causa 'Lacuadra' (Fallos: 347:947), a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir, en lo pertinente, en razón de brevedad."

"Que respecto de los demás agravios introducidos por Experta ART SA (CNT 53116/2010/1/RH1), el recurso extraordinario es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."

¿Cómo votaron los jueces?

"...cabe poner de relieve -a fin de evitar interpretaciones erróneas acerca del alcance de los fallos de la Corte Suprema- que la desestimación de un recurso extraordinario mediante la aplicación de dicha norma no importa confirmar ni afirmar la justicia o el acierto de la decisión recurrida..." (conf. causa "Vidal", Fallos: 344:3156).

Leyes que cita

  • Ley 17.454Codigo procesal civil y comercial de la nacion

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