Recurso Queja Nº 1 - DEL VALLE, JOSE MARIA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Corte Suprema declaró parcialmente admisibles los recursos extraordinarios interpuestos por la ANSeS en reclamos de reajuste previsional y revocó las sentencias apeladas en el alcance fijado por el precedente Fernández Pastor, que declaró la inconstitucionalidad del artículo 2° de la ley 27.426. Los restantes agravios del organismo fueron declarados inadmisibles por aplicación del artículo 280 del CPCCN.
¿Quién es el actor?
José María Del Valle y otros beneficiarios previsionales (causas acumuladas: Benítez, Alcaraz, González, Ojeda, Olivera, García y Romano).
¿A quién se demanda?
ANSeS.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajustes varios / reajuste de haberes previsionales conforme a la movilidad.
¿Qué se resolvió?
se declaran parcialmente admisibles las presentaciones directas, procedentes en igual medida los recursos extraordinarios, y se revocan las sentencias apeladas en ese alcance, de conformidad con "Fernández Pastor" (Fallos: 348:1698). Lo restante de los agravios del organismo es inadmisible (art. 280 CPCCN).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Los agravios de la ANSeS, vinculados con la declaración de inconstitucionalidad del artículo 2° de la ley 27.426, son sustancialmente análogos a los examinados y resueltos por el Tribunal en la causa 'Fernández Pastor' (Fallos: 348:1698), a cuyos fundamentos, en lo pertinente, corresponde remitir por razón de brevedad."
"Que los restantes planteos del organismo previsional son inadmisibles (artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."
¿Cómo votaron los jueces?
344:3156): "…la desestimación de un recurso extraordinario mediante la aplicación de dicha norma no importa confirmar ni afirmar la justicia o el acierto de la decisión recurrida…". Este criterio es un fundamento del voto individual, no una decisión del tribunal sobre el fondo.
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Leyes que cita
- Ley 27.426Reforma previsional
- Ley 17.454Codigo procesal civil y comercial de la nacion
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