Recurso Queja Nº 1 - OUTEDA, ROBERTO AGUSTIN c/ PLAN ROMBO S.A. s/DESPIDO
La Corte Suprema declaró admisible la queja y parcialmente procedente el recurso extraordinario de Plan Rombo S.A., dejando sin efecto la sentencia de la Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo en el caso de despido de Roberto Agustín Outeda. El tribunal remitió a los fundamentos de la causa Oliva respecto de la aplicación del acta 2764/2022 y declaró inadmisibles los restantes agravios.
¿Quién es el actor?
Roberto Agustín Outeda.
¿A quién se demanda?
Plan Rombo S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reclamo por despido.
¿Qué se resolvió?
se declara admisible la queja, parcialmente procedente el recurso extraordinario y se deja sin efecto la sentencia apelada con el alcance indicado; las costas se imponen por su orden y los autos vuelven al tribunal de origen para que se dicte un nuevo pronunciamiento.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que los cuestionamientos de la apelante vinculados con la aplicación del acta 2764/2022 de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo encuentran adecuada respuesta en el pronunciamiento dictado por esta Corte en la causa 'Oliva' (Fallos: 347:100), a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir, en lo pertinente, en razón de brevedad."
"Que respecto de los demás agravios, el recurso extraordinario es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."
¿Cómo votaron los jueces?
"…cabe poner de relieve -a fin de evitar interpretaciones erróneas acerca del alcance de los fallos de la Corte Suprema- que la desestimación de un recurso extraordinario mediante la aplicación de dicha norma no importa confirmar ni afirmar la justicia o el acierto de la decisión recurrida…" (conf. causa "Vidal", Fallos: 344:3156).
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Normas que cita
- Constitución Nacional
- Acordada 2764/2022
- CPCCNart. 280 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
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