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Corte Suprema

Recurso Queja Nº 1 - RAMIREZ, GRISELDA NOEMI c/ LA SEGUNDA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

La Corte Suprema declaró admisible la queja y parcialmente procedente el recurso extraordinario interpuesto por La Segunda ART S.A. en un reclamo por accidente de trabajo. Dejó sin efecto la sentencia de la Sala VI de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, con el alcance indicado, y devolvió los autos para un nuevo pronunciamiento, remitiendo a los fundamentos del precedente Fontaine sobre la aplicación del acta 2764/2022.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CNT 016344/2018/1/RH001
Accidente de trabajo Ley especial Ley de riesgos del trabajo Recurso extraordinario Queja Acta 2764/2022 Doctrina fontaine Art. 280 cpccn Desestimacion sin confirmacion de la sentencia Costas por su orden.

¿Quién es el actor?

Griselda Noemí Ramírez.

¿A quién se demanda?

La Segunda ART S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reparación por accidente - ley especial (Ley de Riesgos del Trabajo).

¿Qué se resolvió?

se declara admisible la queja, parcialmente procedente el recurso extraordinario y se deja sin efecto la sentencia apelada con el alcance indicado, devolviendo los autos al tribunal de origen para que dicte un nuevo pronunciamiento. Las costas se imponen por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que los cuestionamientos de la apelante vinculados con la aplicación del acta 2764/2022 de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo encuentran adecuada respuesta en el pronunciamiento dictado por esta Corte en la causa "Fontaine" (Fallos: 347:472), a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir, en lo pertinente, en razón de brevedad."

"Que, respecto de los demás agravios, el recurso extraordinario es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."

¿Cómo votaron los jueces?

"…cabe poner de relieve -a fin de evitar interpretaciones erróneas acerca del alcance de los fallos de la Corte Suprema- que la desestimación de un recurso extraordinario mediante la aplicación de dicha norma no importa confirmar ni afirmar la justicia o el acierto de la decisión recurrida…" (conf. causa "Vidal", Fallos: 344:3156).

Normas que cita

  • Constitución Nacional
  • Acordada 2764/2022
  • CPCCNart. 280 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
  • Ley 24.557

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