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Corte Suprema

LA GRECA NOEMI CRISTINA ELEONOR c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Corte Suprema declaró parcialmente procedente el recurso extraordinario interpuesto por la ANSeS en reclamos de reajustes previsionales y revocó la sentencia apelada en los términos del precedente Gualtieri, con costas por su orden. La decisión se fundó en la remisión a los argumentos sobre la inconstitucionalidad del art. 25 de la ley 24.241, mientras que los restantes agravios fueron declarados inadmisibles.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSS 098011/2015/CS001
Reajuste previsional Ley 24.241 Art. 25 ley 24.241 Inconstitucionalidad Recurso extraordinario Anses Precedente gualtieri Movilidad jubilatoria Art. 280 cpccn Haber previsional

¿Quién es el actor?

Noemí Cristina Eleonor La Greca y otros actores (Cesar Vicente Camilletti, Juan Carlos Gerardo Gloriosos, Juan Luis Parker, Osvaldo Nestor Alday, José Vicente Planells, Lázaro Carlos José Liniers, Horacio Alejandro Pérez), en causas acumuladas.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajustes varios de haberes previsionales.

¿Qué se resolvió?

Se declaró parcialmente procedente el recurso extraordinario de la ANSeS, se revocó la sentencia apelada con el alcance que surge del precedente "Gualtieri" (Fallos: 340:411), y las costas se impusieron por su orden. Los restantes agravios fueron declarados inadmisibles.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que los agravios de la ANSeS, relacionados con la declaración de inconstitucionalidad del art. 25 de la ley 24.241, suscitan el examen de cuestiones sustancialmente análogas a las examinadas y resueltas por el Tribunal en la causa 'Gualtieri' (Fallos: 340:411), a cuyos fundamentos, en lo pertinente, corresponde remitir por razón de brevedad."

"Que los restantes agravios son inadmisibles (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."

¿Cómo votaron los jueces?

"…cabe poner de relieve -a fin de evitar interpretaciones erróneas acerca del alcance de los fallos de la Corte Suprema- que la desestimación de un recurso extraordinario mediante la aplicación de dicha norma no importa confirmar ni afirmar la justicia o el acierto de la decisión recurrida…" (conf. causa "Vidal", Fallos: 344:3156).

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