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Corte Suprema

Recurso Queja Nº 1 - CEBALLOS ALBERTO RUBEN c/ MAPFRE ARGENTINA A.R.T. S.A. Y OTRO s/ACCIDENTE - ACCION CIVIL

La Corte Suprema de Justicia de la Nación admitió las quejas por denegación de los recursos extraordinarios interpuestos por Galeno ART S.A. en tres causas por accidente de trabajo y dejó sin efecto las sentencias apeladas. La decisión se fundó en la remisión a la doctrina sentada en el precedente Oliva (Fallos: 347:100), en relación con la aplicación del acta 2764/2022 de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CNT 008857/2013/1/RH001
Accidente de trabajo Accion civil Ley de riesgos del trabajo Aseguradora de riesgos del trabajo Recurso extraordinario Queja por denegacion Acta 2764/2022 Doctrina oliva Camara nacional de apelaciones del trabajo Danos y perjuicios.

¿Quién es el actor?

Alberto Rubén Ceballos, Sergio Daniel Cereda y Stella Maris Valente (en sus respectivas causas).

¿A quién se demanda?

Mapfre Argentina ART S.A., Galeno ART S.A., Fierro Autos S.A. y otros.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reclamos por accidente de trabajo (acción civil de daños y perjuicios).

¿Qué se resolvió?

se declararon admisibles las quejas, procedentes los recursos extraordinarios y se dejaron sin efecto las sentencias apeladas, con el alcance indicado. Las costas se impusieron por su orden en atención a la índole de la cuestión planteada. Los autos se devolvieron a los tribunales de origen para que se dicten nuevos pronunciamientos conforme a lo resuelto.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que los cuestionamientos de la apelante vinculados con la aplicación del acta 2764/2022 de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo encuentran adecuada respuesta en el pronunciamiento dictado por esta Corte en la causa 'Oliva' (Fallos: 347:100), a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir, en lo pertinente, en razón de brevedad." El fallo no desarrolla fundamentos propios adicionales, remitiendo íntegramente al precedente citado.

Normas que cita

  • Constitución Nacional
  • Acordada 2764/2022

Fallos que cita

  • OlivaCSJN · Fallos 347:100

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