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Corte Suprema

Recurso Queja Nº 1 - QUIÑA, JORGE LUIS c/ ART INTERACCION S.A. Y OTRO s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

La Corte Suprema declaró admisibles las quejas y parcialmente procedentes los recursos extraordinarios de Prevención ART S.A., en representación de la Superintendencia de Seguros de la Nación, y dejó sin efecto las sentencias apeladas en lo referido al acta 2783/2024 de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, remitiendo a los fundamentos de la causa Lacuadra. Los demás agravios fueron declarados inadmisibles por aplicación del art. 280 del CPCCN.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CNT 065701/2016/1/RH001
Accidente de trabajo Ley de riesgos del trabajo Fondo de reserva lrt Superintendencia de seguros de la nacion Acta 2783/2024 cnat Doctrina lacuadra Recurso extraordinario Art. 280 cpccn Recurso de queja Admisibilidad.

¿Quién es el actor?

Jorge Luis Quiña (en la causa principal); Gonzalo Ignacio Alarcón (en la causa acumulada CNT 63836/2013/2/RH2).

¿A quién se demanda?

ART Interacción S.A. y otro (causa Quiña); Aseguradora de Riesgos del Trabajo Liderar S.A. y otros (causa Alarcón).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

indemnización por accidente de trabajo y enfermedad profesional, en el marco de la Ley de Riesgos del Trabajo (proceso de accidente, ley especial, y acción civil en la causa Alarcón).

¿Qué se resolvió?

la mayoría declaró admisibles las quejas, dejó sin efecto las sentencias apeladas en lo relativo a la aplicación del acta 2783/2024 de la CNAT (remitiendo a "Lacuadra", Fallos: 347:947), y devolvió los autos al tribunal de origen para que dicte nuevos pronunciamientos. Respecto de los demás agravios, los recursos extraordinarios fueron declarados inadmisibles (art. 280 CPCCN). Costas por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que los cuestionamientos de la apelante vinculados con la aplicación del acta 2783/2024 de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo encuentran adecuada respuesta en el pronunciamiento dictado por esta Corte en la causa 'Lacuadra' (Fallos: 347:947), a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir en lo pertinente en razón de brevedad."

"Que, respecto de los demás agravios, los recursos extraordinarios son inadmisibles (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."

¿Cómo votaron los jueces?

"…cabe poner de relieve -a fin de evitar interpretaciones erróneas acerca del alcance de los fallos de la Corte Suprema- que la desestimación de un recurso extraordinario mediante la aplicación de dicha norma no importa confirmar ni afirmar la justicia o el acierto de la decisión recurrida…" (conf. causa "Vidal", Fallos: 344:3156).

Normas que cita

  • Acordada 2783/2024
  • CPCCNart. 280 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
  • Ley 24.557

Fallos que cita

  • LacuadraCSJN · Fallos 347:947
  • VidalCSJN · Fallos 344:3156
  • Alarcón, Gonzalo Ignacio (17856) c/ Aseguradora de Riesgos del Trabajo Liderar SA y otrosCSJN

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