JurisprudenciaARG
Corte Suprema

Recurso Queja Nº 2 - MERGOZA CALIXTO, CARLOS ROMULO c/ EN-M INTERIOR OP Y V-DNM s/RECURSO DIRECTO DNM

La Corte Suprema admitió la queja de la Dirección Nacional de Migraciones, declaró procedente el recurso extraordinario y revocó la sentencia apelada, por entender que el incumplimiento del requisito de extensión máxima del recurso carecía de entidad para obstar su admisibilidad en las singulares condiciones del caso. Ordenó dictar un nuevo fallo remitiendo a los fundamentos de la causa S.S., S. (Fallos 346:1175).

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CAF 022139/2018/2/RH001
Recurso extraordinario Recurso de queja Extension maxima de la apelacion Acordada 4/2007 Admisibilidad Recurso directo Direccion nacional de migraciones Migraciones Contencioso administrativo federal Remision a precedente.

¿Quién es el actor?

Carlos Rómulo Mergoza Calixto.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional – Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda – Dirección Nacional de Migraciones (DNM).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso directo interpuesto contra una resolución de la Dirección Nacional de Migraciones, en el marco de un proceso contencioso administrativo federal.

¿Qué se resolvió?

Se hace lugar a la queja, se declara procedente el recurso extraordinario y se revoca la sentencia apelada, con costas. Se exime al recurrente de integrar el depósito del art. 286 del CPCCN (diferido según Acordada 47/91). Se remite la queja al tribunal de origen para que dicte un nuevo fallo conforme a lo decidido.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que el incumplimiento del requisito de extensión máxima de la apelación extraordinaria, previsto en el artículo 1° del reglamento aprobado por la acordada 4/2007, por las singulares condiciones del caso, carece de entidad para obstar la admisibilidad de la pretensión recursiva (artículo 11 de la acordada citada)."

"Que las cuestiones planteadas guardan sustancial analogía con las debatidas y resueltas por esta Corte en la causa 'S.S.,S.' (Fallos 346:1175), a la que corresponde remitir por razón de brevedad."

"El juez Rosatti remite a su voto en el mencionado precedente."

Se trata de una resolución breve, sin desarrollo propio de fundamentos más allá de la remisión al precedente citado.

Normas que cita

  • Ley 346art. 1175 · Ciudadania
  • Acordada 4/2007arts. 1, 11
  • CPCCNart. 286 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
  • Acordada 47/91

Fallos que cita

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.