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Corte Suprema

Recurso Queja Nº 1 - GIMENEZ SANABRIA, GLADYS ZUNILDA c/ ADMINISTRACION HABITAR S.R.L. Y OTROS s/ACCIDENTE - ACCION CIVIL

En una causa por accidente de trabajo, la aseguradora de riesgos del trabajo recurrió en queja ante la Corte Suprema contra la sentencia de la Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo. La Corte declaró admisible la queja, admitió parcialmente el recurso extraordinario y dejó sin efecto la sentencia apelada, ordenando dictar un nuevo pronunciamiento conforme a lo resuelto en la causa Fontaine.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CNT 009028/2010/1/RH001
Accidente de trabajo Aseguradora de riesgos del trabajo Recurso extraordinario Recurso de queja Acta 2764/2022 Doctrina fontaine Admisibilidad Art. 280 cpccn Accion civil Indemnizacion laboral.

¿Quién es el actor?

Gladys Zunilda Giménez Sanabria.

¿A quién se demanda?

Administración Habitar S.R.L. y otros, incluida Federación Patronal Seguros S.A. (Aseguradora de Riesgos del Trabajo), quien interpuso la queja.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

indemnización por accidente de trabajo (acción civil).

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró admisible la queja, parcialmente procedente el recurso extraordinario y dejó sin efecto la sentencia apelada con el alcance indicado. Las cuestiones vinculadas con la aplicación del acta 2764/2022 de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo se resolvieron remitiendo a los fundamentos de la causa "Fontaine" (Fallos: 347:472). Los demás agravios fueron declarados inadmisibles (art. 280 CPCCN). Costas por su orden. Se ordenó devolver los autos al tribunal de origen para un nuevo pronunciamiento.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que los cuestionamientos de la apelante vinculados con la aplicación del acta 2764/2022 de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo encuentran adecuada respuesta en el pronunciamiento dictado por esta Corte en la causa 'Fontaine' (Fallos: 347:472), a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir en lo pertinente en razón de brevedad."

"Que respecto de los demás agravios el recurso extraordinario es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."

¿Cómo votaron los jueces?

"...cabe poner de relieve -a fin de evitar interpretaciones erróneas acerca del alcance de los fallos de la Corte Suprema- que la desestimación de un recurso extraordinario mediante la aplicación de dicha norma no importa confirmar ni afirmar la justicia o el acierto de la decisión recurrida..." (causa "Vidal", Fallos: 344:3156).

Normas que cita

  • Constitución Nacional
  • Acordada 2764/2022
  • Ley 17.454

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