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Primera Instancia

ACAR, MAHMUT s/SOLICITUD DE CARTA DE CIUDADANIA

El Juzgado Civil y Comercial Federal N° 1 concedió la carta de ciudadanía argentina por naturalización a un nacido en Turquía que cumplió las condiciones exigidas por la Constitución Nacional, la Ley 346 y su decreto reglamentario 3213/84. El tribunal condicionó la entrega del título al juramento de fidelidad y advirtió sobre la obligación de enrolamiento y la eventual anulación en caso de fraude u ocultamiento de datos.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL 1- SECRETARIA Nº 2
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CCF 019758/2024
Carta de ciudadania Naturalizacion Ciudadania argentina Extranjeros Ley 346 Decreto 3213/84 Juramento de fidelidad Enrolamiento Ley 17.671 Anulacion de ciudadania

Actor (peticionante): Mahmut Açar, DNI N° 96.407.850, nacido el 01/02/1982 en Birecik, Turquía, hijo de Meral Açar y Alí Riza Açar.

¿A quién se demanda?

No corresponde; se trata de un trámite de solicitud de carta de ciudadanía, en el que interviene el Ministerio Público Fiscal.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Obtención de la ciudadanía argentina por naturalización.

¿Qué se resolvió?

Declarar ciudadano argentino por naturalización al peticionante, previo juramento de fidelidad a la República, a la Constitución y a sus leyes; intimarlo a enrolarse dentro del plazo de un año bajo el apercibimiento del art. 35 de la Ley 17.671 (texto según leyes 22.435 y 24.755), y advertirle que, si con posterioridad se conocieran impedimentos legales o fraude u ocultamiento de datos, se aplicará la anulación prevista en el art. 15 del Decreto 3213/84. Se ordenaron las comunicaciones a la Dirección Nacional de Migraciones (art. 110, Ley 25.871), Cámara Nacional Electoral, Registro Nacional de las Personas, División de Análisis Legal de la Policía Federal Argentina y Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que en estos autos se han acreditado las condiciones prescriptas por la Constitución Nacional, la Ley 346 y su decreto reglamentario 3213/84 para la incorporación de extranjeros a la ciudadanía argentina."

"Por ello, oído el Ministerio Público Fiscal y atenta la expresa manifestación de voluntad expuesta por el peticionante, RESUELVO: Declarar ciudadano argentino por naturalización…"

La sentencia no contiene votos en disidencia ni desarrollo argumental adicional más allá de los considerandos transcriptos.

Leyes que cita

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