CHACIN PADRON, ALEJANDRO ENRIQUE s/SOLICITUD DE CARTA DE CIUDADANIA
El peticionario Alejandro Enrique Chacin Padron solicitó la carta de ciudadanía argentina. El Juzgado Civil y Comercial Federal 10 le concedió la ciudadanía tras verificar que no existían impedimentos legales ni obstáculos en las contestaciones de oficios.
Actor (peticionario): Alejandro Enrique Chacin Padron.
¿A quién se demanda?
No corresponde, se trata de una solicitud de carta de ciudadanía.
Objeto de la solicitud: Obtención de la ciudadanía argentina por parte de un extranjero (nacido en Caracas, República Bolivariana de Venezuela, el 20 de agosto de 1985).
¿Qué se resolvió?
Se declaró ciudadano argentino al peticionario, condicionado a que preste juramento de fidelidad a la República Argentina, sus instituciones y la Constitución Nacional, con la obligación de enrolarse dentro del plazo de un año bajo apercibimiento de multa (art. 35 ley 22435). Se le advirtió que la concesión podría importar la pérdida de su nacionalidad anterior y que, de conocerse posteriormente algún impedimento legal o fraude, correspondería la cancelación de la ciudadanía (art. 15 decreto 3213/84). Se ordenó expedir la carta de ciudadanía y oficiar al Registro Nacional de las Personas, a la Cámara Nacional Electoral y a la Dirección Nacional de Migraciones (art. 110 ley 25871), además de comunicar a la Dirección de Comunicación y Gobierno Abierto de la Corte Suprema.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En este sentido, de las constancias arrimadas al proceso no se advierte la existencia de obstáculos que puedan frustrar la petición del interesado."
"Por otro lado, goza de una situación migratoria regular, no existiendo constancia alguna de variación de dicho estado migratorio."
"Por lo expuesto precedentemente, cabe concluir que el peticionario reúne las condiciones prescriptas por la Constitución Nacional, por la ley 346 -y sus modificatorias- para la incorporación de extranjeros a la ciudadanía argentina, y atento la expresa manifestación de voluntad prestada por quien peticiona."
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Leyes que cita
- Ley 25.871Migraciones
- Ley 346Ciudadania
- Ley 22.435Identificacion, registro y clasificacion del potencial humano nacional
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
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