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Primera Instancia

Incidente Nº 1 - ACTOR: ANTELO NATALIA VERONICA Y GASPAR BERNARDO s/INC HONORARIOS

El Dr. Guillermo Genzler promovió incidente de ejecución de honorarios profesionales contra la parte demandada en los autos Antelo, Natalia Verónica y Gaspar Bernardo. El Juzgado Federal Nº 2 de Rosario mandó llevar adelante la ejecución, impuso las costas a la demandada vencida y reguló los honorarios del letrado en 1,87 UMA.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO FEDERAL DE ROSARIO 2
Fuero
FEDERAL DE ROSARIO
Jurisdicción
Federal · Santa Fe
Expediente
FRO 008486/2024/1
Ejecucion de honorarios Incidente Honorarios profesionales Falta de oposicion Art. 505 cpccn Ley 27.423 Uma Costas Ley 10.727 Tasa pasiva bcra

Actor (ejecutante): Dr. Guillermo Genzler, letrado de la parte actora en los autos principales.

Demandado (ejecutado): la parte demandada vencida en el proceso principal.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

cobro de honorarios profesionales devengados en el juicio principal.

¿Qué se resolvió?

el Tribunal mandó llevar adelante la ejecución hasta el íntegro pago del capital con más los intereses reclamados, impuso las costas a la demandada vencida (art. 68 C.P.C.C.N.) y reguló los honorarios del Dr. Genzler en 1,87 UMA, equivalentes a $198.203,17, conforme Resolución SGA Nº 2372/2026 CSJN y Ley 27.423. Fijó un plazo de diez días corridos para el pago desde la notificación del auto firme, con intereses por mora según la tasa pasiva promedio del BCRA, e impuso al profesional la acreditación del aporte del 7% y la contribución del 13% previstos en el art. 4 incs. "d" y "e" de la Ley 10.727.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que en el marco de la ejecución de honorarios iniciada en los presentes por el Dr. GENZLER, GUILLERMO, se intimó de pago y citó a la demandada para oponer excepciones legales -si las tuviere- y al vencimiento del plazo previsto en el art. 505 del C.P.C.C.N. se verifica que no se dedujo oposición."

"En este sentido, se advierte que se incorporó en esta litis la documentación que fundamenta la pretensión de la parte actora, conforme los hechos y las normas legales aplicables al caso."

"Por lo tanto, habiéndose cumplido en esta instancia los trámites irrenunciables previstos en el citado código de rito."

Leyes que cita

  • Ley 27.423Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia

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