Incidente Nº 4 - DENUNCIADO: ROMERO, CAROLINA NOELIA s/Audiencia de Acuerdo Pleno (Art. 324)
Carolina Noelia Romero fue condenada a cuatro años de prisión en efectivo, cumplidos en modalidad domiciliaria, y a una multa de cuarenta y cinco unidades fijas, por tenencia de cocaína con fines de comercialización (art. 5°, inc. c, Ley 23.737), en el marco de un acuerdo pleno homologado por el tribunal. La modalidad domiciliaria se fundó en que la imputada tiene a su cargo un hijo con discapacidad, sin colaboración del padre.
Actor (Fiscalía): Ministerio Público Fiscal.
Demandado (imputada): Carolina Noelia Romero.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Investigación por tenencia de 310,75 gramos de cocaína en una mochila, secuestrados el 03/01/2026 en la Terminal de Ómnibus de la Ciudad de Mendoza, con finalidad de comercialización, conforme pericia telefónica sobre conversaciones previas.
¿Qué se resolvió?
el tribunal homologó el acuerdo pleno y condenó a Carolina Noelia Romero a cuatro años de prisión en efectivo, en modalidad domiciliaria, multa de cuarenta y cinco unidades fijas y costas, como autora del art. 5°, inc. c) de la Ley 23.737. Dispuso mantener el geoposicionamiento, control de la prisión domiciliaria por la DCAEP, prohibición de salida del país, decomiso del teléfono celular y destrucción de la sustancia.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La modalidad de la pena a imponer, esto es, la prisión domiciliaria, la misma encuentra su fundamento en el hecho de que tal como lo relató la Fiscal, ROMERO tiene dos hijos menores de edad a su cargo, de los cuales, uno de ellos padece una discapacidad y se encuentra únicamente al cuidado de su madre, sin contar con colaboración del padre."
"Tal como quedaron fijados los hechos, y tal como lo sostuvo la representante del Ministerio Público Fiscal, se atribuyó a la nombrada el delito previsto en el art. 5°, inciso c) de la Ley 23.737, en la modalidad de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización, en carácter de autora."
"Para este caso concreto, de acuerdo a la valoración efectuada por la Fiscal respecto de las pautas generales que regulan la determinación de la sanción penal conforme los art. 40 y 41 del CP, y el acuerdo de las partes, consideré justo y razonable la aplicación de la pena de cuatro (4) años de prisión en efectivo, en la modalidad de prisión domiciliaria..."
"...en razón de lo normado por el artículo 30 de la ley 23.737, y tal como acordaron las partes, dispuse que se proceda a la destrucción del material estupefaciente secuestrado."
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Leyes que cita
- Ley 23.737Modificacion al codigo penal
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