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Primera Instancia

REINHART NESTOR RUBEN c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor reclamó el reajuste de su haber previsional y la inconstitucionalidad de varias normas de movilidad; pidió además la exención del impuesto a las ganancias. El Juzgado Federal de la Seguridad Social rechazó la demanda, imponiendo costas al actor y regulando honorarios en $529.955 por 5 UMAs, fundamentando que las normas impugnadas no resultan manifiestamente inconstitucionales ni lesionan derechos adquiridos.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL 4
Fuero
FEDERAL DE SEGURIDAD SOCIAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSS 010147/2025
Reajuste jubilatorio Ley 27.426 Ley 27.541 Ley 27.609 Inconstitucionalidad Anses Costas Honorarios Cosa juzgada Impuesto a las ganancias

¿Quién es el actor?

REINHART NESTOR RUBEN.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajuste del haber previsional por el cambio de la fórmula de movilidad operado por las leyes 27.426, 27.541 y 27.609; planteo de inconstitucionalidad del art. 9 de la ley 24.463; pedido de exención del impuesto a las ganancias.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó la demanda interpuesta por la parte actora; se impusieron las costas en el orden causado; y se regularon los honorarios de la dirección letrada de la parte actora en $529.955 (5 UMAs) con más IVA si corresponde. Protocolícese, notifíquese y archívese.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Toda vez que en la presente causa se reclama respecto de las leyes de movilidad posteriores a la fecha de la homologación del acuerdo de Reparación Histórica-ley 27.260, no se encuentra alcanzado por el instituto procesal de la cosa juzgada, por lo que se impone el rechazo de la excepción opuesta por la accionada, lo que así decido."

"Los anteriores índices de movilidad jubilatoria previstos por la ley 26.417 se encontraban en curso de constitución al tiempo de la entrada en vigencia de la nueva ley 27.426, por lo que la situación jurídica no se encontraba consolidada y en virtud del 'efecto inmediato' de la nueva ley, se regirá por ésta. Esta circunstancia no sería retroactividad, sino efecto inmediato porque la nueva ley se aplica a una situación que no se había consolidado."

"Conforme a lo expuesto, decido el rechazo del planteo de inconstitucionalidad de la ley 27.426."

"Ello pues, en primer lugar, la normativa cuestionada es de orden público, por lo que debe primar por sobre las razones invocadas por quien peticiona la declaración de inconstitucionalidad."

"Por último y a mayor abundamiento, nótese que la ley cuestionada N° 27.541... declaró la emergencia pública... en tal contexto y considerando las razones señaladas, desestimo el planteo de inconstitucionalidad deducido en relación a la ley 27.541 y normativa complementaria."

"Y en relación con la Ley 27.609... considero no alcanza a alterar los derechos constitucionales invocados por la parte actora."

"Las costas se imponen en el orden causado, en los términos del reciente fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación in re 'Morales, Blanca Azucena c/ Anses s/ Impugnación de Acto Administrativo', de fecha 22.6.2023, que declaró la inconstitucionalidad del artículo 3 del DNU N° 157/18 y ratificó la vigencia del artículo 36 de la Ley 27.423."

¿Cómo votaron los jueces?

No se presentan votos ni disidencias en autos; la sentencia es de un/a Juez/a único/a que resolvió la cuestión.

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