SCOFU CECILIA ALEJANDRA c/ ANSES s/AMPAROS Y SUMARISIMOS
Acción de amparo contra ANSeS por la inaplicabilidad de la escala de deducciones del art. 9 de la ley 24.463 y por la restitución de retenidos e inconstitucionalidad del impuesto a las ganancias. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia de grado, declaró inaplicable la escala del art. 9 inciso 2° a la prestación de la actora, ordenó la restitución sin retención del impuesto a las ganancias, puso costas de alzada a la demandada y fijó honorarios de la letrada de la actora en el 30% de lo regulado en primera instancia.
¿Quién es el actor?
SCOFU CECILIA ALEJANDRA (parte actora).
¿A quién se demanda?
ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Acción de amparo para declarar la inconstitucionalidad de la Circular ANSES PREV-05-0819 (y normas concordantes) en cuanto dispone la aplicación de la escala de deducción del art. 9 de la ley 24.463; reclamar el reintegro de montos retroactivos retenidos, sin retención de impuesto a las ganancias y con más intereses conforme la tasa activa.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia apelada en lo recurrido; declaró inaplicable la escala de deducciones del art. 9 inciso 2° de la ley 24.463 respecto del beneficio de la actora, ordenó la restitución de las sumas retenidas sin aplicar impuesto a las ganancias, impuso costas de alzada a la demandada y fijó honorarios para la representantes de la actora en el 30% de lo que se estipule para la instancia anterior.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"I. Que la parte actora promovió acción de amparo contra la ANSeS a fin de que se declare la inconstitucionalidad de la Circular ANSES PREV-05-0819, o cualquier otra norma, reglamento, circular o instructivo que se dictare en concordancia con las normas citadas, en cuanto dispone la aplicación de la escala de deducción del art. 9 de la ley 24.463. Asimismo, reclama el reintegro de los montos retroactivos oportunamente retenidos, sin retención alguna de impuesto a las ganancias y con más intereses conforme la tasa activa."
"Por ello corresponde ordenar que resulta inaplicable en la especie la escala de deducciones prevista en el art. 9.2 de la ley 24463 tan sólo y, en base a los argumentos aquí vertidos, corresponde confirmar la sentencia recurrida."
"IV. Que respecto a la retención del impuesto a las ganancias, la CSJN ya se ha expedido en casos de aristas similares, como ser, in re “García, María Isabel c/ A.F.I.P. s/ acción meramente declarativa de inconstitucionalidad”, de fecha 26.3.19 (Fallos: 342:411) ... por lo que corresponde declarar la inaplicabilidad del gravamen aludido."
¿Cómo votaron los jueces?
No se registran votos en disidencia en la parte resolutiva; el acuerdo confirma la sentencia de grado.
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Leyes que cita
- Ley 24.463Solidaridad previsional
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