PIRIZ, JUAN ROBERTO c/ ANSES s/PENSIONES
Reclamó pensión por fallecimiento contra ANSeS y el juez de primera instancia hizo lugar parcialmente a la demanda. La Cámara Federal de San Martín confirmó parcialmente la sentencia y, en modificación, declaró prescritos los reclamos anteriores al 31 de agosto de 2016 e impuso las costas de la Alzada a la parte demandada vencida.
¿Quién es el actor?
Juan Roberto Piriz.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Otorgamiento de pensión directa por fallecimiento de su cónyuge (Teresa Josefina Baca) y reconocimiento de la prestación con más los intereses; impugnación de la denegatoria administrativa que se fundó en la falta de afiliación de la causante como trabajadora autónoma y discusión sobre prescripción de los haberes.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de San Martín confirmó parcialmente la sentencia de fecha 17/06/2025, y, en modificación, hizo lugar a la excepción de prescripción opuesta por la demandada declarando prescriptos los reclamos anteriores al 31 de agosto de 2016; además, impuso las costas en la Alzada a la parte demandada vencida.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
1) “El Art. 5 de la ley 24.476 previó que ‘Los trabajadores autónomos que voluntariamente se presenten a regularizar su situación respecto de aportes que adeuden a la ANSES, devengados hasta el 30 de setiembre de 1993 y tengan su origen en lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 18.038 y sus modificaciones, en el inciso c) del artículo 8 de la Ley 19.032 y sus modificaciones, y en el inciso c) del artículo 3 de la Ley 21.581 y sus modificaciones podrán acogerse a las disposiciones del presente capítulo’... De esta manera, es dable resaltar, que el Régimen de Regularización de Deudas -ley 24.476-, permite a los trabajadores autónomos, se encuentren ‘inscriptos o no’, normalizar los aportes adeudados a la ANSeS al 30/09/93 y, en este sentido, admite la inscripción en el precitado régimen a ‘los derechohabientes previsionales del trabajador autónomo fallecido, con el objeto de lograr la pensión por fallecimiento’ (Arts. 5 al 11 del capítulo II de la ley).”
2) “Por último, en cuanto a la prescripción deducida por la demandada, tratándose del otorgamiento de un beneficio previsional corresponde estar a lo previsto en el Art. 82, segundo párrafo, de la ley 18.037, que determina que prescribe al año la obligación de pagar los haberes jubilatorios y de pensión, devengados antes de la presentación de la solicitud del beneficio. En tales condiciones y habida cuenta la fecha de fallecimiento de la causante, 21/03/2005, y la del inicio del reclamo administrativo por parte del actor el 31/08/2017 (cfr. expediente administrativo N° 024-20-08568618-7-500-000001), corresponde declarar prescriptos los reclamos anteriores al 31/08/2016. En consecuencia, corresponde modificar lo decidido en la sentencia apelada sobre el punto.”
3) Sobre costas: “la circunstancia de que el éxito de la demanda sea parcial, no le quita a la demandada la calidad de vencida y debe soportar las costas del juicio, por cuanto las reclamaciones del accionante progresaron en lo sustancial. El mismo criterio corresponde aplicar respecto a la imposición de costas en la Alzada.”
¿Cómo votaron los jueces?
no consta voto en disidencia; ambos jueces (Barral y Lugones) adhirieron al acuerdo.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Leyes que cita
- Ley 19.032Instituto nacional de servicios sociales jub.pens.
- Ley 21.581Fondo nacional de la vivienda
- Ley 18.037Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones
- Ley 18.038Jubilaciones y pensiones
- Ley 24.476Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.