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Primera Instancia

ARCA s/EJECUCION FISCAL - ARCA (Ex A.F.I.P.)

Ejecución fiscal por deuda reclamada en boleta de deuda. El Juzgado Federal de Moreno declaró expedita la ejecución y habilitó a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero a proceder hasta obtener el pago íntegro del capital y sus intereses, imponiendo las costas a la ejecutada.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO FEDERAL DE MORENO - SECRETARIA EJECUCIONES FISCALES
Fuero
FEDERAL DE SAN MARTÍN
Jurisdicción
Federal · Buenos Aires
Expediente
FSM 054655/2026
Ejecucion fiscal Boleta de deuda Agencia de recaudacion y control aduanero Art. 92 ley 11.683 Intimacion de pago Costas Juzgado federal de moreno Ejecucion expedita Deuda tributaria Notificacion

¿Quién es el actor?

Agencia de Recaudación y Control Aduanero (actora).

¿A quién se demanda?

la parte ejecutada (no individualizada por nombre en la resolución).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

ejecución de deuda contenida en una boleta de deuda (expediente FSM 54655/2026, Secretaría de Ejecuciones Fiscales).

¿Qué se resolvió?

Se declaró expedita la ejecución de la deuda contra la demandada y se habilitó a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero a llevarla adelante hasta obtener el íntegro pago del capital requerido en la boleta de deuda con más sus intereses; se impusieron las costas del proceso a la ejecutada; se ordenó registrar, notificar y comunicar a la Dirección de Comunicaciones y Gobierno Abierto de la Corte Suprema, publicar y archivar oportunamente.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que la ejecutada fue debidamente intimada de pago tal como surge del mandamiento obrante en autos, no habiendo opuesto excepciones la parte demandada dentro del término legal, de conformidad con lo dispuesto por el art. 92 de la ley 11.683, modificada por ley 25.239. Que de conformidad con lo previsto en el último párrafo del artículo citado, corresponde expedir la constancia de tal situación y declarar expedita la vía. Por ello y citas legales invocadas, RESUELVO: Declarar expedita la ejecución de la deuda contra la demandada quedando la Agencia de Recaudación y Control Aduanero habilitada para llevarla adelante hasta obtener el íntegro pago del capital requerido en la boleta de deuda motivo de los presentes obrados con más sus intereses.- Imponer las costas del proceso a la ejecutada.- Regístrese, notifíquese a la actora quedando a su cargo la notificación al demandado; comuníquese a la Dirección de Comunicaciones y Gobierno Abierto de la Corte Suprema de Justicia de la Nación; publíquese (Ac. CSJN 10/2025) y oportunamente archívese."

(No hay votos en disidencia en el expediente.)

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