VILLALBA SABINA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Villalba promovió acción por reajustes varios de su haber previsional, incluyendo reclamo por la Prestación Básica Universal (PBU) y aplicación de topes de haberes. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia en la mayoría de sus puntos, diferenció el tratamiento de los topes para la etapa de ejecución y confirmó la imposición de costas a la demandada conforme a los artículos invocados.
¿Quién es el actor?
Villalba Sabina.
¿A quién se demanda?
ANSeS.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajustes varios del haber previsional, revisión del haber inicial (incluyendo cómputo de categorías aportadas), petición de incremento de la Prestación Básica Universal (PBU) y cuestionamiento de la aplicación de topes de haberes (art. 9 ley 24.463) y precedentes jurisprudenciales (Makler, Villanustre, Badaro), entre otros agravios sobre índices de actualización.
¿Qué se resolvió?
La Cámara, por mayoría, diferenció y difirió para la etapa de ejecución el cuestionamiento relativo a la aplicación de topes de haberes; confirmó la sentencia apelada en lo demás que fue materia de agravios; confirmó lo resuelto sobre costas en la instancia de grado (imponiéndolas al vencido conforme art. 68 CPCCN, atento a la ley 27.423) y acordó costas por su orden en la alzada; fijó honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que se estipule en instancia anterior.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que, en orden a la equiparación de las categorías aportadas de manera autónoma, ha de señalarse que la cuestión ha sido objeto de consideración en reiterados pronunciamientos dictados por la Sala III del Fuero y el criterio discernido en esos casos (computar el total de las categorías aportadas aun cuando el régimen aplicable era el de la ley 18038 y sus modificatorias que sólo mencionaba los últimos 15 años de aportes) fue avalado el 20.5.03 por la C.S.J.N. in re “Makler, Simón c/ ANSeS s/ Inconstitucionalidad ley 24463", no resultando susceptibles de ajuste alguno los períodos incluidos en la moratoria que posibilitó el acceso al beneficio (leyes 24476, 25865 y 25994 –art. 6-), por los argumentos vertidos en casos análogos (cfr. causas: 56199/11 “SPAMPINATO GRACIELA C/ANSES S/REAJUSTES VARIOS” y 46387/10 “USSEGLIO ALCIDES PEDRO C/ANSES S/REAJUSTES VARIOS”...)."
"Los bonos previsionales no constituyen un componente del haber, sino una compensación excepcional, inmediata y focalizada que, no obstante su carácter transitorio, se ha extendido en el tiempo y ha estado destinada a atender la pérdida del poder adquisitivo de las prestaciones mínimas. Su reiteración constituye, por tanto, un elemento que no puede ser soslayado al momento de efectuar el análisis integral de la PBU, pues evidencia una insuficiencia en la determinación del valor inicial de la Prestación Básica Universal como componente del haber mínimo."
"En consecuencia, corresponde reconocer el derecho a la revisión del valor de la Prestación Básica Universal, de conformidad con lo resuelto en el fallo de la Sala III “Sadofschi Carlos Alberto c/ ANSeS s/ Reajustes Varios”, contemplando asimismo el precedente “Quiroga” citado en cuanto a la pauta de confiscatoriedad allí establecida. ... determinado que sea el resultado igual o superior a 15, corresponderá el reajuste de la prestación bajo análisis."
¿Cómo votaron los jueces?
El Dr. Juan A. Fantini Albarenque deja "a salvo su opinión" sobre la metodología aplicable a servicios autónomos y cuestiones vinculadas a la PBU y costas, explicando que su criterio sobre servicios autónomos podría perjudicar a la apelante y atendiendo al principio prohibitivo de reformatio in peius vota por confirmar la sentencia; aclara también las pautas para actualización de la PBU remitiéndose a precedentes de la CSJN (Quiroga, Sandoval, Pichersky) y a que el análisis definitivo debe hacerse en la ejecución.
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Leyes que cita
- Ley 27.423Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
- Ley 18.038Jubilaciones y pensiones
- Ley 24.463Solidaridad previsional
- Ley 24.476Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
- Ley 17.454Codigo procesal civil y comercial de la nacion
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