GENOMMA LABORATORIES ARGENTINA SA c/ EN-ARCA-DGA-SIGEA 19144-10513-2013 s/DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
Regulación de honorarios: la Cámara redujo y reguló los emolumentos de los letrados de la actora, fijando montos en UMA por la etapa de primera instancia y por la actuación en alzada. La Cámara fundamentó la reducción en la naturaleza del asunto, el resultado obtenido, la trascendencia económica y la extensión y calidad jurídica de las labores desplegadas.
¿Quién es el actor?
GENOMMA LABORATORIES ARGENTINA SA.
¿A quién se demanda?
Dirección General de Aduanas (EN-ARCA-DGA-SIGEA 19144-10513-2013).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
regulación de emolumentos/honorarios profesionales correspondientes a los letrados que representaron a la parte actora.
¿Qué se resolvió?
La Cámara redujo y reguló los honorarios de los profesionales intervinientes. Se fijaron para la etapa de primera instancia 1,15 UMA ($121.889,65) para la Dra. Virginia Soledad Vázquez Fourcade y 1 UMA ($105.991) para el Dr. Juan Carlos Vázquez; y por la actuación en alzada 0,75 UMA ($79.493,25) para la Dra. Vázquez Fourcade y 0,65 UMA ($68.894,15) para el Dr. Vázquez. Se dejó constancia que dichos montos deberán cancelarse conforme al art. 51 de la ley 27.423 y que no incluyen IVA.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que, en atención a la naturaleza del asunto, el resultado obtenido y la trascendencia económica de la cuestión en debate; y considerando el valor, motivo, extensión y calidad jurídica de las labores desarrolladas en la única etapa de este proceso ante la primera instancia, corresponde REDUCIR a la cantidad de 1,15 U.M.A. —equivalente a la suma de $121.889,65— los emolumentos correspondientes a la Dra. Virginia Soledad Vázquez Fourcade, quien intervino como letrada patrocinante por la parte actora y, a la cantidad de 1 UMA —equivalente a la suma de $105.991— los correspondientes al Dr. Juan Carlos Vázquez, quien actuó como letrado representante por la misma parte (arts. 16, 19, 20, 21, 29 de la ley 27.423; Resol SGA Nº 2372/26)."
"Que, de conformidad con lo dispuesto en el art. 30 y concordantes de la ley de arancel, la importancia de los asuntos discutidos y las tareas desempeñadas ante esta alzada (contestación de agravios del 9/10/2025 y del recurso extraordinario federal del 4/11/2025), corresponde REGULAR en la cantidad de 0,75 U.M.A. –equivalente a la suma de $79.493,25– los emolumentos de la Dra. Virginia Soledad Vázquez Fourcade y, en la cantidad de 0,65 U.M.A. –equivalente a la suma de $68.894,15– los correspondientes al Dr. Juan Carlos Vázquez (Resol SGA Nº 2372/26)."
"Se deja constancia que la regulación que antecede deberá cancelarse de acuerdo con lo previsto en el artículo 51 de la ley 27.423 y que no incluye el Impuesto al Valor Agregado, monto que –en su caso– deberá ser adicionado conforme a la situación de la profesional interviniente frente al citado tributo. ASÍ SE RESUELVE."
¿Cómo votaron los jueces?
No constan votos en disidencia en el bloque resolutivo transcripto.
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Leyes que cita
- Ley 27.423Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
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