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Cámara de Apelaciones

GENOMMA LABORATORIES ARGENTINA SA c/ EN-ARCA-DGA-SIGEA 19144-10513-2013 s/DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

Regulación de honorarios: la Cámara redujo y reguló los emolumentos de los letrados de la actora, fijando montos en UMA por la etapa de primera instancia y por la actuación en alzada. La Cámara fundamentó la reducción en la naturaleza del asunto, el resultado obtenido, la trascendencia económica y la extensión y calidad jurídica de las labores desplegadas.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA IV
Fuero
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CAF 018977/2024/CA002
Regulacion honorarios Uma Ley 27.423 Arancel Camara contencioso administrativo federal Reduccion emolumentos Iva Honorarios de alzada Genomma laboratories Direccion general de aduanas

¿Quién es el actor?

GENOMMA LABORATORIES ARGENTINA SA.

¿A quién se demanda?

Dirección General de Aduanas (EN-ARCA-DGA-SIGEA 19144-10513-2013).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

regulación de emolumentos/honorarios profesionales correspondientes a los letrados que representaron a la parte actora.

¿Qué se resolvió?

La Cámara redujo y reguló los honorarios de los profesionales intervinientes. Se fijaron para la etapa de primera instancia 1,15 UMA ($121.889,65) para la Dra. Virginia Soledad Vázquez Fourcade y 1 UMA ($105.991) para el Dr. Juan Carlos Vázquez; y por la actuación en alzada 0,75 UMA ($79.493,25) para la Dra. Vázquez Fourcade y 0,65 UMA ($68.894,15) para el Dr. Vázquez. Se dejó constancia que dichos montos deberán cancelarse conforme al art. 51 de la ley 27.423 y que no incluyen IVA.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que, en atención a la naturaleza del asunto, el resultado obtenido y la trascendencia económica de la cuestión en debate; y considerando el valor, motivo, extensión y calidad jurídica de las labores desarrolladas en la única etapa de este proceso ante la primera instancia, corresponde REDUCIR a la cantidad de 1,15 U.M.A. —equivalente a la suma de $121.889,65— los emolumentos correspondientes a la Dra. Virginia Soledad Vázquez Fourcade, quien intervino como letrada patrocinante por la parte actora y, a la cantidad de 1 UMA —equivalente a la suma de $105.991— los correspondientes al Dr. Juan Carlos Vázquez, quien actuó como letrado representante por la misma parte (arts. 16, 19, 20, 21, 29 de la ley 27.423; Resol SGA Nº 2372/26)."

"Que, de conformidad con lo dispuesto en el art. 30 y concordantes de la ley de arancel, la importancia de los asuntos discutidos y las tareas desempeñadas ante esta alzada (contestación de agravios del 9/10/2025 y del recurso extraordinario federal del 4/11/2025), corresponde REGULAR en la cantidad de 0,75 U.M.A. –equivalente a la suma de $79.493,25– los emolumentos de la Dra. Virginia Soledad Vázquez Fourcade y, en la cantidad de 0,65 U.M.A. –equivalente a la suma de $68.894,15– los correspondientes al Dr. Juan Carlos Vázquez (Resol SGA Nº 2372/26)."

"Se deja constancia que la regulación que antecede deberá cancelarse de acuerdo con lo previsto en el artículo 51 de la ley 27.423 y que no incluye el Impuesto al Valor Agregado, monto que –en su caso– deberá ser adicionado conforme a la situación de la profesional interviniente frente al citado tributo. ASÍ SE RESUELVE."

¿Cómo votaron los jueces?

No constan votos en disidencia en el bloque resolutivo transcripto.

Leyes que cita

  • Ley 27.423Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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