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Cámara de Apelaciones

BAZAR URBANO SRL c/ DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO

Bazar Urbano SRL impugnó determinaciones tributarias de la AFIP-DGI por supuestos ingresos omitidos y la invalidez de un contrato de mutuo; la Cámara rechazó el recurso directo y confirmó la sentencia del Tribunal Fiscal que validó las determinaciones y las multas. La Cámara también confirmó las regulaciones de honorarios y fijó emolumentos por 3 UMA, equivalentes a $317.973.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA III
Fuero
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CAF 022099/2018/CA002
Recurso directo Afip-dgi Impuesto a las ganancias Iva Determinacion de oficio Multa art. 45 ley 11.683 Tribunal fiscal de la nacion Confirmacion Honorarios Emolumentos 3 uma ($317.973)

¿Quién es el actor?

Bazar Urbano SRL.

¿A quién se demanda?

Dirección General Impositiva (AFIP-DGI) / Fisco nacional.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Impugnación de determinaciones de oficio por impuesto a las ganancias (períodos 2008 y 2009) e IVA (períodos 1/08–12/08 y 1/09–12/09), y rechazo de multas (art. 45 ley 11.683 t.v.), por montos determinados en las actuaciones administrativas. Además, apelación contra las regulaciones de honorarios y solicitud de revocación de la sentencia del Tribunal Fiscal de la Nación.

¿Qué se resolvió?

La Cámara rechazó el recurso de la parte actora y confirmó la sentencia apelada, con costas. Asimismo confirmó las regulaciones de honorarios practicadas a favor de la dirección letrada y representación del fisco nacional y del perito contador, y fijó en la alzada los emolumentos de la dirección letrada y representación del fisco nacional en 3 UMA (equivalentes a $317.973 a la fecha).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

“Por todo lo expuesto, SE RESUELVE: Rechazar el recurso de apelación interpuesto por la parte actora y, en consecuencia, confirmar la sentencia apelada, con costas (cfr. Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, art. 68 primer párrafo).”

“tiene en cuenta la naturaleza, resultado y monto del asunto debatido, como asimismo el mérito, calidad y eficacia de la gestión profesional y las etapas cumplidas, se CONFIRMAN las regulaciones practicadas en favor de la dirección letrada y representación del fisco nacional, y del perito contador…”

“Asimismo, con fundamento en pautas análogas a las enunciadas y considerando, además, el resultado del recurso, SE FIJAN los emolumentos ... en 3 UMA, que equivalen –a la fecha– a la suma de pesos trescientos diecisiete mil novecientos setenta y tres –$ 317.973–.”

Fundamento sobre alcance del control: “Que, asimismo, corresponde rememorar que el recurso previsto en el artículo 86 inciso b) de la ley 11.683 otorga carácter limitado a la revisión de esta Cámara, y que, por principio, queda excluido de ella el juicio del Tribunal Fiscal respecto de los extremos de hecho (cfr. CSJN, Fallos: 300:985).”

Crítica al escrito de agravios de la actora: “los agravios presentados por la actora ante esta Alzada, son inhábiles para conmoverlos, pues desatienden la manda impresa por el legislador en el artículo 265 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación … el escrito de expresión de agravios debe contener una crítica concreta y razonada…”

¿Cómo votaron los jueces?

No constan votos en disidencia relevantes en el bloque dispositvo final; la resolución expresa la decisión colegiada que confirma la sentencia apelada.

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