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Cámara de Apelaciones

Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: ASTORGA MARTINEZ, BRIAN FERNANDO Y OTRO s/HURTO CON ESCALAMIENTO DAMNIFICADO: ZELIONE, DANIEL HERNÁN

Dos imputados fueron condenados por intento de hurto agravado por escalamiento en juicio abreviado y aceptado por las partes. La Cámara (Tribunal Oral N°22) impuso a Brian Fernando Astorga Martínez y a Bryan Felipe Núñez Aguilera ocho meses de prisión efectiva, declaró la reincidencia de ambos y fijó el vencimiento de la pena el 2/3/2027, además de costas y comunicaciones a Migraciones.

Fecha de la sentencia
Tribunal
TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 22 DE LA CAPITAL FEDERAL
Fuero
NACIONAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL
Jurisdicción
Nacional · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CCC 034222/2026/TO01
Hurto agravado Escalamiento Tentativa Juicio abreviado Reincidencia Pena de prision efectiva Costas Notificacion a migraciones Tribunal oral Sana critica racional

¿Quién es el actor?

Ministerio Público Fiscal (Fiscal a cargo: Dr. Marcelo Martínez Burgos).

¿A quién se demanda?

Brian Fernando Astorga Martínez y Bryan Felipe Núñez Aguilera.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Se siguió proceso por el delito de hurto calificado por su comisión con escalamiento, en grado de tentativa; las partes celebraron un acuerdo de juicio abreviado que fue sometido a la valoración del Tribunal.

¿Qué se resolvió?

Se condenó a Brian Fernando Astorga Martínez y a Bryan Felipe Núñez Aguilera a la pena de ocho meses de prisión y costas por ser coautores penalmente responsables del delito de hurto agravado por escalamiento en grado de tentativa; ambos fueron declarados reincidentes; se fijó como fecha de vencimiento de la pena el 2 de marzo de 2027 (recuperando la libertad a las 12 hs ese día), se impusieron costas y se ordenaron las notificaciones y comunicaciones a la Dirección Nacional de Migraciones.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"A partir que el acuerdo de juicio abreviado presentado fue planteado en legal tiempo y forma, y que los imputados han admitido en la audiencia tanto la existencia del hecho y su participación en el, como así también la conformidad con la calificación legal y con la pena propuesta, se considera que se encuentran reunidos los requisitos de admisibilidad establecidos por el artículo 431 bis del Código Procesal Penal de la Nación..."

"Las constancias obrantes en estos autos, valoradas de conformidad con las reglas de la sana crítica racional (artículos 241 y 398, segundo párrafo, del Código Procesal Penal de la Nación), permiten tener por cierto que el 3 de julio de 2026... intentaron apoderarse ilegítimamente, mediante escalamiento, de objetos que se encontraban en el interior del centro Juventud Jabad Olleros..."

"En virtud de ello, si bien he oído y valoro particularmente las circunstancias mencionadas por cada uno los imputados en la audiencia de conocimiento personal mantenida, habré de respetar el acuerdo suscripto por las partes... impondré a Astorga Martínez y Nuñez Aguilera la pena de ocho meses de prisión, que serán de efectivo cumplimiento atento a los antecedentes que registran."

¿Cómo votaron los jueces?

No constan votos en disidencia; la resolución se apoya en el acuerdo de juicio abreviado y en la valoración probatoria realizada por el juez.

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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