DOMINGUEZ, MIGUEL ANGEL c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Demanda de reajuste de haber jubilatorio solicitó la actualización del haber inicial y pago de retroactivos. El Juzgado Federal de Moreno hizo lugar parcialmente a la demanda, ordenó a ANSeS reajustar el haber inicial y abonar diferencias, rechazó la excepción de prescripción e impuso las costas a la demandada.
¿Quién es el actor?
Miguel Ángel Domínguez.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajuste del haber inicial jubilatorio, movilidad y pago de las diferencias retroactivas con intereses; impugnación de normas del régimen previsional (diversos artículos de ley 24.241 y conexas).
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar parcialmente a la demanda y se ordenó a ANSeS proceder al reajuste del haber inicial del actor y abonar las diferencias resultantes conforme las pautas del pronunciamiento; se rechazó la excepción de prescripción opuesta; se fijó plazo de 120 días hábiles para cumplimiento; se impusieron las costas a la demandada; y se diferenció la regulación de honorarios hasta firmeza o ejecutoria.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"I) ...corresponde resolver la procedencia del reajuste de los haberes del accionante a la luz de la Ley 24.241. Entonces, respecto de los servicios efectivamente prestados y aportados en forma tempestiva bajo relación de dependencia, las cuestiones aquí debatidas -incluidas la validez constitucional del régimen aplicable- han sido delineadas por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en diversos precedentes."
"III) ...respecto del haber inicial, corresponde el ajuste de las remuneraciones devengadas bajo relación de dependencia ... a) respecto a las remuneraciones percibidas por el actor hasta el 28 de febrero de 2009, se ajustarán según el índice del Salario Básico de Convenio de la Industria y la Construcción -ISBIC- ... y; b) desde el 1º de marzo de 2009 y hasta la fecha en que se produjo la adquisición del derecho previsional ‑03/10/2017‑, se ajustarán conforme a las disposiciones contenidas en el Anexo de la ley 26.417 ..."
"XI) En tal sentido cuadra recordar que la normativa aplicable establece, en lo que aquí interesa, que 'prescribe a los dos años la obligación de pagar los haberes devengados con posterioridad a la solicitud del beneficio. La presentación de la solicitud ante la caja interrumpe el plazo de prescripción siempre que al momento de formularse el peticionario fuere acreedor del beneficio solicitado' (art. 82, párrafo 3°, ley 18.037; art.156, ley 24.241). En el legajo quedó acreditado que el actor obtuvo el beneficio previsional el 03/10/2017 y que interpuso el reclamo administrativo ... el 12/06/2018. Luego, computado el referido plazo bienal desde aquella fecha, corresponde rechazar la excepción de prescripción opuesta (conforme expediente administrativo de reajuste)."
"X) ...corresponde determinar las diferencias resultantes entre lo efectivamente percibido por el titular y lo que resulte de aplicar las pautas antes señaladas, con más intereses calculados desde que cada suma es debida y hasta su efectivo pago, aplicándose la tasa pasiva mensual que publica el Banco Central de la República Argentina ..."
¿Cómo votaron los jueces?
No consta votación en disidencia; la resolutoria final es única y firmada por la Jueza Federal ANA MARIA CRISTINA JUAN.
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Leyes que cita
- Ley 26.417Prestaciones previsionales
- Ley 18.037Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones
- Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
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