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ZANNINI CRISTINA EDITH C/ MOULY MARIANELA SILVIA Y OTRO/A S/ EJECUCION PRENDARIA

Ejecución prendaria contra los ejecutados por capital de $24.872.013,12 y accesorios. La Cámara confirmó la sentencia de trance y remate, rechazando la pretensión de que la tasa morigerada implique la supresión de la capitalización y sosteniendo la aplicación de la justicia gratuita consumeril aun para el consumidor demandado.

Intereses Confirmacion de sentencia Capitalizacion Ejecucion prendaria Ley 24.240 Incidente de solvencia Costas de alzada. 12 Art. 771 ccc Capital $24.872.013 Justicia gratuita consumeril

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Cristina Edith Zannini, ejecutante. Demandado: Marianela Silvia Mouly y Nicolás Daniel Castagnero, ejecutados. Objeto: Ejecución prendaria hasta integridad del pago del capital reclamado de $24.872.013,12 más intereses pactados (tasa morigerada por la jueza de grado). Decisión: Se confirma la sentencia de trance y remate del 23/06/2026 en cuanto fue materia de recurso y agravios; costas de alzada a la apelante vencida.
- Fundamentos principales de la decisión (extractos textuales relevantes de la sentencia, lenguaje original):
- Sobre capitalización de intereses: "El hecho de que el parámetro utilizado como techo sea una tasa calculada sin capitalización no significa que deba prescindirse de la acumulación contemplada por el pronunciamiento al efectuarse la liquidación. El cálculo deberá practicarse conforme a las pautas de la sentencia que han quedado firmes y su resultado habrá de confrontarse posteriormente con el límite máximo allí establecido; sólo si aquél supera dicho techo operará la reducción." "Desde esa perspectiva, no se configura la 'doble morigeración' denunciada por la apelante. El límite cuantitativo impuesto al resultado de los accesorios no constituye una segunda reducción autónoma ni importa, por sí mismo, suprimir la capitalización reconocida, sino que traduce el ejercicio de la facultad de control prevista por el art. 771 del Código Civil y Comercial."
- Sobre beneficio de justicia gratuita: "La protección derivada de los arts. 53 de la ley 24.240 y 25 de la ley 13.133 no depende exclusivamente de la posición procesal que ocupe el consumidor. La tutela consumeril tiene por finalidad remover obstáculos económicos que puedan comprometer el efectivo ejercicio de los derechos del consumidor y su defensa en juicio; finalidad que, conforme el criterio de esta Sala, no desaparece por la circunstancia de que aquél revista la condición de demandado en un proceso originado en la relación de consumo." "De allí que la franquicia resulta aplicable también al consumidor demandado y que opera por ministerio de la ley, sin necesidad de una solicitud expresa de su parte." "El beneficio no se limita a remover el desembolso inicial necesario para acceder a la jurisdicción, sino que alcanza a las imposiciones económicas comprendidas en las costas mientras subsista la franquicia. Ello no significa que el consumidor no pueda resultar condenado en costas conforme a las reglas procesales ordinarias. La franquicia obsta, mientras subsista, a hacer efectivas contra su beneficiario las consecuencias económicas comprendidas en ella, sin perjuicio de su eventual cese mediante el incidente de solvencia."
- Dispositivo mayoritario: "Se confirma la apelada sentencia de trance y remate del 23/06/2026 en cuanto fue materia de recurso y agravios. Costas de Alzada a la apelante vencida (arts. 68, 69 CPCC)."

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