PEÑA BERTA SUSANA C/ PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO SA S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL
La actora demandó por accidente de trabajo y reclamó indemnizaciones por incapacidad. El Tribunal hizo lugar parcial a la demanda, declaró la inconstitucionalidad del DNU 669/2019 y resolvió condenar a Provincia ART S.A. a pagar $6.873.970,07, aplicando actualización por RIPTE e interés puro del 3% anual.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Berta Susana Peña.
Demandado: Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. (Provincia ART S.A.).
Objeto: Acción especial por accidente de trabajo; indemnizaciones por incapacidad (petición inicial de $15.372.983,89) y planteos de inconstitucionalidad respecto de normas del sistema de riesgos del trabajo.
Decisión: El Tribunal hizo lugar parcialmente a la demanda y condenó a Provincia ART S.A. a pagar a la actora la suma de $6.873.970,07 por incapacidad laboral parcial y permanente; además declaró la inconstitucionalidad del DNU 669/2019 y la inaplicabilidad de las Resoluciones SSN 1039/2019 y 332/2023, así como la inaplicabilidad de ciertos preceptos referidos (arts. 7 y 10 Ley 23.928 y art. 12 Ley 24.557 según art. 11 Ley 27.348). Impuso costas a la demandada y dispuso actualización por RIPTE e interés puro del 3% anual en caso de incumplimiento.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales):
- "2°). Declarando la inconstitucionalidad del Decreto de Necesidad y Urgencia Nro. 669/2019 y la inaplicabilidad de las Resoluciones (SSN) Nro. 1039/2019 y Resolución 332/2023, arts. 7 y 10 de la Ley 23.928 y art. 12 de la Ley 24.557 (texto ordenado según art. 11 de la Ley 27.348)."
- "3°). Haciendo lugar parcialmente a la demanda promovida por la parte actora: Berta Susana Peña, y condenando a la parte demandada Provincia ART S.A. a pagar a la parte actora dentro de los DIEZ (10) DÍAS de notificada, la suma de Pesos Seis millones ochocientos setenta y tres mil novecientos setenta con siete centavos ($ 6.873.970,07) en concepto de prestación por incapacidad laboral parcial y permanente."
- "En definitiva, corresponde a la demandada pagar a la parte actora la suma de Pesos Seis millones ochocientos setenta y tres mil novecientos setenta con siete centavos ($ 6.873.970,07) en concepto de prestación por incapacidad laboral parcial y permanente."
- Fundamento sobre inconstitucionalidad y actualización: "Adhiriendo tales fundamentos, corresponde declarar la inconstitucionalidad del Decreto de Necesidad y Urgencia Nro. 669/2019. Asimismo, y atendiendo que las resoluciones Nro. 1039/2019 y Resolución 332/2023 dictadas por la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) fueron en el marco de la función prevista por el DNU Nro. 669/2019, estas deben correr la misma suerte que la normativa que les diera causa."
- Sobre mecanismo de actualización aplicado: "Finalmente, al capital de condena deberá actualizarse desde la fecha de la primera manifestación invalidante y hasta el momento en que se practique la liquidación según el coeficiente que surja de dividir el índice RIPTE a la fecha de la PMI y el último índice RIPTE publicado, y, sobre dicho resultado, corresponde, oportunamente, añadir un interés puro del 3% anual desde la fecha de la PMI y hasta el momento en que se practica la liquidación."
- Sobre cuantificación: "Variación de índice: +1,810014453. Suma actualizada: $ 6.484.877,42 ... Total intereses: $ 389.092,65. Suma actualizada con intereses: $ 6.873.970,07."
- Votos / mayorías: El pronunciamiento final aparece como fallo del Tribunal; los Dres. Coda y Suvidzinski "por compartir los fundamentos votaron en el mismo sentido", por lo que la decisión fue adoptada por unanimidad de los tres magistrados según el bloque dispositivo final.
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