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Primera Instancia

PUYOL GUSTAVO EZEQUIEL C/ MINISTERIO DE SEGURIDAD - SEGURIDAD PROVINCIAL Y OTRO/A S/ EJECUCION DE HONORARIOS

El letrado reclamó regulación y pago de honorarios por su actuación como patrocinante en expediente de la Comisión Médica N°011 de La Plata. El Tribunal hizo lugar y condenó al Fisco de la Provincia de Buenos Aires al pago de 1,15 JUS por honorarios, impuso costas a la demandada y reguló honorarios en 1 JUS conforme Ley Arancelaria N° 14.967.

Fecha de la sentencia
Tribunal
TRIBUNAL DEL TRABAJO Nº 2 - LA PLATA
Fuero
TRIBUNAL DE TRABAJO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
55753-24
Ejecucion de honorarios Regulacion de honorarios Ley arancelaria 14.967 Comisiones medicas Fisco de la provincia de buenos aires Honorarios profesionales Pago por transferencia (art. 277 l.20.744 mod. l.27.802) Impugnacion normativa administrativa Indemnizacion $439.684 38 Jus 1 15 / jus 1

¿Quién es el actor?

El letrado Gustavo Ezequiel Puyol, en actuación por derecho propio.

¿A quién se demanda?

MINISTERIO DE SEGURIDAD - SEGURIDAD PROVINCIAL y FISCALÍA DE ESTADO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES (Fisco de la Provincia de Buenos Aires).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Regulación y pago de honorarios profesionales por su intervención como patrocinante de la trabajadora Ledesma Jésica Paola en el expediente N° 114724/24 de la Comisión Médica N°011 de La Plata.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la demanda; se condenó al Fisco de la Provincia de Buenos Aires a abonar 1,15 JUS por honorarios profesionales, con más aportes previsionales e IVA si correspondiera; se impusieron las costas a la demandada y se regularon los honorarios en 1 JUS; se ordenó el pago mediante transferencia o depósito bancario conforme art. 277 L.20.744 mod. por L.27.802 (B.O. 06/03/2026).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que el letrado Gustavo Ezequiel Puyol, en actuación por derecho propio, promovió demanda contra MINISTERIO DE SEGURIDAD- SEGURIDAD PROVINCIAL y FISCALIA DE ESTADO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, reclamando regulación y pago de honorarios por su labor como patrocinante de la trabajadora Ledesma Jésica Paola en el expediente N° 114724/24 de la Comisión Médica N° 011 de La Plata."

"Que las actuaciones concluyeron con la homologación de un acuerdo que reconoció a la trabajadora un grado de incapacidad permanente y parcial del 0,45%, como así también una indemnización de PESOS CUATROCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y CUATRO CON 38/100 ($439.684,38)."

"Que el art. 1 de la Ley N° 27.348 establece que los honorarios profesional por actuaciones ante las Comisiones Médicas estarán a cargo de la ART o empleador autoasegurado."

"Que corresponde aplicar la Ley Arancelaria N° 14.967, resultando inaplicables normas administrativas de menor rango."

"Que ponderando el monto del asunto, la labor profesional y las pautas de los arts. 9, 16, 21, 44 y 55 de la citada ley, corresponde fijar los honorarios en 1,15 JUS."

Bloque dispositivo final (resolución del Tribunal):

"1. HACER LUGAR a la demanda promovida por el letrado Gustavo Ezequiel Puyol y condenar al FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES a pagarle la suma de 1,15 JUS en concepto de honorarios profesionales por su actuación en el expediente N° 114724/24 de la Comisión Médica N°011 de La Plata, con más aportes previsionales e IVA si correspondiere arts. 1, 2,16, 21, 22, 24 y 55 de la Ley 14.967; Res. 298/17)."

"2. IMPONER LAS COSTAS a la demandada y REGULAR LOS HONORARIOS del letrado Gustavo Ezequiel Puyol en la suma de 1 JUS, con más los aportes legales e IVA si correspondiere, los que se encuentran adecuados al mérito, importancia y naturaleza de la labor cumplida y al monto del juicio determinado conforme las pautas establecidas."

"3. Hágase saber a las partes que la cancelación de los honorarios profesionales regulados en autos deberá efectuarse mediante transferencia o depósito directo en la cuenta bancaria de cada beneficiario en orden a la normado por el art. 277 de la Ley 20.744, modificado por Ley 27.802 (B.O. 06/03/2026)..."

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