CUBA NICOLÁS JOAQUÍN C/ ASOCIART S.A. ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057
El actor promovió acción de revisión contra la resolución de la Comisión Médica por accidente in itinere reclamando indemnización por incapacidad. El Tribunal revocó la homologación administrativa, declaró que el actor posee una incapacidad parcial y permanente del 12,6% t.o. y condenó a ASOCIART SA ART al pago de $47.641.835 más intereses y costas.
¿Quién es el actor?
NICOLÁS JOAQUÍN CUBA, por medio de apoderado Dr. Nicanor Fermin Lllermanos.
¿A quién se demanda?
ASOCIART SA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Acción laboral de revisión de la decisión del Servicio de Homologación de la Comisión Médica N°38 que determinó ausencia de incapacidad por la contingencia (accidente in itinere del 14/11/2024). Se reclama la declaración de incapacidad laboral permanente parcial y el pago de la prestación correspondiente.
¿Qué se resolvió?
El Tribunal revocó la resolución del 11/6/2025 del Servicio de Homologación de la Comisión Médica N°38 y determinó que NICOLÁS JOAQUÍN CUBA presenta una incapacidad parcial y permanente del 12,6% t.o. relacionada causalmente con el accidente del 14/11/2024; condenó a ASOCIART SA ART a pagar $47.641.835 en un plazo de diez días, impuso intereses por mora y costas a la demandada, y difirió la regulación de honorarios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"De la prueba pericial médica agregada al expediente se desprende que el actor presenta limitación funcional de la columna cervical en la flexión y extensión que le provoca una incapacidad estimada en el 3%; limitación funcional del hombro derecho en la abdoelevación y elevación que le provoca una incapacidad estimada en el 3% y limitación funcional de la rodilla derecha en la flexión que le provoca una incapacidad estimada en el 3%.
También presente Reacción Vivencial Anormal Neurótica Grado I-II que le provoca una incapacidad estimada en el 10%
Las lesiones guardan relación causal con un hecho traumático como el accidente de autos.
La impugnación formulada por la accionada fue contestada por el médico quien ratificó su dictamen"
"Considero que las observaciones efectuadas sobre la incapacidad física determinada por el perito no enervan los fundamentos del informe por lo que acepto sus conclusiones en este aspecto. De conformidad con las facultades que confiere el art. 474 del CPCC, merituando la magnitud y la mecánica del siniestro evaluada de acuerdo con la capacidad del evento para producir un impacto psicológico en función de la naturaleza del mismo y las secuelas físicas que el hecho ha ocasionado como así también lo determinado en el psicodiagnóstico agregado a la causa, propicio que la incapacidad psicológica se determine en un 3% relacionada en esa medida con el siniestro de autos."
"En definitiva, se ha acreditado que NICOLÁS JOAQUÍN CUBA presenta una incapacidad parcial y permanente del 12,6% t.o. la que guarda relación causal con la contingencia sufrida el 14/11/2024"
"En consecuencia y de conformidad con las citas legales efectuadas y lo normado por el art. 3 del Dto. 1694/09 la parte accionante resulta acreedora de la suma de $ 47.641.835- en concepto de prestación por incapacidad laboral permanente y parcial consecuencia del siniestro sufrido el 14/11/2024 a cargo de la demandada ASOCIART SA ART (art. 26 ley 24.557) monto superior al mínimo establecido en la citada norma legal."
Bloque dispositivo final (texto extracto que manda):
"Por ello, en mérito a las consideraciones de hecho y de derecho expuestas precedentemente, el Tribunal RESUELVE: 1) Revocar lo resuelto el 11/6/2025 por el Servicio de Homologación de la Comisión Médica N°38 ... y establecer que NICOLÁS JOAQUÍN CUBA posee una incapacidad parcial y permanente del 12,6% t.o. ... 2) Condenar a ASOCIART SA ART a pagar a NICOLÁS JOAQUÍN CUBA la suma de PESOS CUARENTA Y SIETE MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y CINCO ($47.641.835.) ... 3) En caso de mora ... interés equivalente al promedio de la tasa activa ... 4) Imponer las costas ... a la parte demandada vencida ... 5) Diferir la regulación de honorarios hasta que quede firme la presente sentencia."
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Leyes que cita
- Ley 24.557Ley de riesgos del trabajo
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