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Primera Instancia

DIAZ HUGO CESAR C/ LA SEGUNDA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057

Acción de revisión de la resolución de Comisión Médica por accidente in itinere que reclamó indemnización por incapacidad. El Tribunal revocó la homologación negativa y estableció una incapacidad parcial y permanente del 22,46% vinculada al siniestro, condenando a la aseguradora al pago de $23.911.986 más intereses y costas.

Fecha de la sentencia
Tribunal
TRIBUNAL DEL TRABAJO Nº 1 - SAN MARTIN
Fuero
TRIBUNAL DE TRABAJO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
56212
Accion de revision Accidente in itinere Incapacidad laboral permanente parcial Baremo Valor del ingreso base (vib) Indemnizacion $23.911.986 Arl/art Pericia medica Interes tasa activa bna Costas.

¿Quién es el actor?

HUGO CESAR DIAZ, con patrocinio del Dr. Ezequiel Alfredo Picallo.

¿A quién se demanda?

LA SEGUNDA A.R.T. S.A. (presta cobertura del empleador NET 3 SOCIEDAD ANONIMA).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Revisión de la resolución administrativa de la Comisión Médica N°38 que determinó ausencia de incapacidad por el accidente ocurrido el 24/01/2025 (accidente in itinere). Se solicita reconocimiento de incapacidad y pago de la prestación por incapacidad laboral parcial y permanente.

¿Qué se resolvió?

El Tribunal revocó la resolución del 23/6/2025 del Servicio de Homologación de la Comisión Médica N°38 y estableció que HUGO CESAR DIAZ posee una incapacidad parcial y permanente del 22,46% t.o. relacionada causalmente con el siniestro del 24/1/2025; condenó a LA SEGUNDA A.R.T. S.A. al pago de $23.911.986 en diez días, imponiendo intereses por mora y costas a la parte demandada; regulación de honorarios diferida hasta firmeza. Votaron unánimemente las Dras. Chirinos, Boxler y Canale.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"De la prueba pericial médica agregada al expediente se desprende que el actor presenta lesión meniscal no operada, con hidrartrosis de rodilla derecha que le produce una incapacidad estimada en el 8%, ruptura del LCA que le produce una incapacidad estimada en el 7% y sinovitis postraumática de tobillo derecho que le causa limitación a la movilidad en la flexión dorsal y plantar y en la inversión 20º que le produce una incapacidad estimada en el 6%

A criterio de la perito médica, existe relación de causalidad entre el accidente in itinere denunciado con fecha 24/01/2025 y las secuelas constatadas. La mecánica del evento (caída dentro de un colectivo con traumatismo en rodilla y tobillo derechos) resulta idónea para producir las lesiones evaluada.

También presenta Reacción Vivencial Anormal Neurótica Grado I-II que le produce una incapacidad estimada en el 10% que guarda nexo causal con el accidente de autos."

"En definitiva, se ha acreditado que HUGO CESAR DIAZ presenta una incapacidad parcial y permanente del 22,46% t.o. la que guarda relación causal con la contingencia sufrida el 24/1/2025"

"En consecuencia y de conformidad con las citas legales efectuadas y lo normado por el art. 3 del Dto. 1694/09 la parte accionante resulta acreedora de la suma de $ 23.911.986- en concepto de prestación por incapacidad laboral permanente y parcial consecuencia del siniestro sufrido el 24/1/2025 a cargo de la demandada LA SEGUNDA A.R.T. S.A. (art. 26 ley 24.557) monto superior al mínimo establecido en la citada norma legal."

¿Cómo votaron los jueces?

los tres votos adhieren en el mismo sentido; el bloque dispositivo final (FALLA) dispone la revocación y condena conforme se transcribió, por lo que la decisión adoptada es unánime y constituye la mayoría.

Leyes que cita

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