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Primera Instancia

MENDEZ CARLA ANAHI C/ AGROPACK SRL S/ DESPIDO

La actora promovió demanda por despido y las partes celebraron una transacción por la que la demandada abonará $6.400.000 en cuatro cuotas. El Tribunal homologó la transacción, ordenó el pago directo a la cuenta bancaria de la actora, reguló honorarios y puso las costas a cargo de la demandada.

Fecha de la sentencia
Tribunal
TRIBUNAL DEL TRABAJO - TRENQUE LAUQUEN
Fuero
TRIBUNAL DE TRABAJO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
TL-4004-2026
Despido Transaccion laboral Homologacion Pago en cuotas ($6.400.000 $1.600.000 c/u) Cuenta bancaria / pago directo (banco provincia cbu 0140335803678351281453) Honorarios (regulacion en jus) Costas a cargo de la demandada Art. 15 lct Art. 277 lct (nulidad de pagos que no cumplan modalidad) Ley 6.716 (regulacion y plazos de honorarios) observacion: la decision del tribunal es homologatoria y concluye el juicio conforme al art. 15 l.c.t. y los arts. 1.641 y ss. del cccn Se fijaron modalidades concretas de pago y requisitos de acreditacion del cumplimiento.

¿Quién es el actor?

MENDEZ, CARLA ANAHI, representada por los Dres. LUCIANO MARESCA y Dra. NATALIA ROJAS.

¿A quién se demanda?

AGROPACK INSUMOS S.R.L., representada por el Dr. ANGEL DAMIAN TERUGGI.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo por despido (acciones laborales derivadas de la relación laboral denunciada).

¿Qué se resolvió?

Se homologó la transacción celebrada entre las partes, se ordenó el pago de PESOS SEIS MILLONES CUATROCIENTOS MIL ($6.400.000) en cuatro cuotas mediante transferencia a la cuenta de ahorro del Banco Provincia de titularidad de la actora; se impusieron las costas a la demandada; se regularon y fijaron honorarios para los letrados intervinientes y se dispuso la forma de pago y justificación en autos. Se excusó a la parte obligada del 50% del pago del sellado de actuación y se autorizó pago directo de honorarios a cuentas denunciadas por los profesionales.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que la referida Transacción es una manifestación bilateral de voluntades que no afecta el orden público y que en tal caso se ha alcanzado una justa composición de los derechos e intereses de las partes conforme lo dispone el art. 15 de la L.C.T.."

"Que atento a ello y lo prescripto por los Arts. 1.641; 1.643 y 1.644 del Código Civil y Comercial, con el alcance del art. 1.642 del citado código y art. 15 de la L.C.T., entiendo que, previo cumplimiento de lo dispuesto por el art. 20 de la ley 6716, debe hacerse lugar a la homologación solicitada, dando por concluido el juicio."

Dispositivo, inciso 3º (transcripción parcial pertinente): "HOMOLOGAR en cuanto hubiere lugar por derecho la TRANSACCION celebrada entre las partes... AGROPACK INSUMOS SRL, ... ofrece abonar a MENDEZ, CARLA ANAHI ... PESOS SEIS MILLONES CUATROCIENTOS MIL ($ 6.400.000), a abonarse cuatro cuotas iguales, mensuales y consecutivas de PESOS UN MILLON SEISCIENTOS MIL ($ 1.600.000) cada una; siendo la primera de ellas a los 10 días de notificada la Homologación del acuerdo de referencia, y las restantes a los 30, 60 y 90 días corridos de la primera, mediante transferencia directa a la cuenta caja de ahorro Banco Provincia de titularidad de la actora..."

Sobre la modalidad de pago y obligación de justificarlo: "Se autoriza a la obligada al pago a efectivizar el importe acordado mediante depósito en la cuenta de titularidad exclusiva de la actora denunciada... El pago realizado de la forma indicada deberá ser justificado en el expediente mediante constancia adjunta que acredite su cumplimiento en el término de cinco (5) días de su cumplimiento. Se hace saber a las partes que todo pago que no cumpla con lo indicado será nulo de pleno derecho (art 277 LCT)."

Sobre honorarios: "Regular los honorarios profesionales devengados por los Dres. LUCIANO MARESCA, NATALIA ROJAS Y ANGEL DAMIAN TERUGGI, en la en la cantidad de 12,02284340246468 Jus, de 12,02284340246468 Jus y de 24,04568680492937 Jus, respectivamente, a las que se adicionará el 10% que determina el art. 12 de la ley 6.716 ... y el porcentaje de I.V.A, si correspondiere."

Sobre costas: "Imponer las costas a cargo de demandada (Arts. 73 del C.P. C. y C.; 24 y 89 ley 15.057, conf. Res. 1840/2024 SCBA)."

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