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Primera Instancia

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ ELTRAX S.A. S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco provincial promovió apremio provincial contra ELTRAX S.A. por deuda tributaria. El Tribunal ordenó la continuación del trance y remate hasta hacer efectivo el pago de $35.561,40 más intereses, imponiendo las costas a la vencida y constituyendo domicilio ad litem.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 4 - LA PLATA
Fuero
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
4-16373
Apremio provincial Ejecucion fiscal Trance y remate Fisco provincia de buenos aires Deuda tributaria $35.561 40 Intimacion de pago Domicilio ad litem Costas a la vencida Intereses art. 104 codigo fiscal Regulacion de honorarios diferida

¿Quién es el actor?

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

¿A quién se demanda?

ELTRAX S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Ejecución por apremio provincial para cobrar una deuda fiscal por la suma de Pesos TREINTA Y CINCO MIL QUINIENTOS SESENTA Y UNO CON 40/100 ($35.561,40) más intereses conforme artículo 104 del Código Fiscal.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar al apremio; se ordenó llevar adelante la ejecución (trance y remate) hasta que ELTRAX S.A. pague íntegramente la suma reclamada con intereses; se imputaron las costas a la vencida; se difirió la regulación de honorarios; se constituyó domicilio ad litem por hallarse la parte notificada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"No habiendo la parte accionada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal que se encuentra vencido, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 7, 10, 25 y concs., ley 13.406; 116 y 155, CPCC)"

"Se deja constancia que la parte demandada en el presente proceso de apremio, fue intimada de pago en el domicilio oportunamente denunciado, según consta en el mandamiento de intimación de pago y citación para la defensa adunado en forma electrónica, haciéndose saber al apoderado fiscal que deberá conservar el mandamiento original oportunamente librado en autos."

¿Qué se resolvió?

"Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto la parte accionada, ELTRAX S.A. haga íntegro pago al accionante, FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, del capital reclamado el cual se eleva a la suma de Pesos TREINTA Y CINCO MIL QUINIENTOS SESENTA Y UNO CON 40/100 ($35.561,40). A dicho monto se le aplicarán los intereses conforme lo prescripto por el artículo 104 del Código Fiscal, desde la interposición de la demanda y hasta su efectivo pago. Hallándose la parte encartada debidamente anoticiada del apercibimiento dispuesto en la primera providencia dictada en autos, conforme emerge de los términos del mandamiento ut supra mencionado, corresponde tener por constituído en los estrados del Juzgado, el domicilio ad litem correspondiente a la misma. Las costas se imponen a la vencida (arts. 7, 10, 24, 25 y concs. de la ley 13.406; 41, 68, 556, ss. y concs., CPCC). Difiérase la regulación de honorarios para su oportunidad (art. 51, ley 14.967)."

"Hágase saber al letrado apoderado fiscal que en su próxima presentación deberá dar efectivo cumplimiento con el pago del bono ley 8480."

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