FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ MOSTIER SACAICYF S/ APREMIO PROVINCIAL
El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió apremio provincial contra MOSTIER SACAICYF para exigir el pago de $445.770,40 por obligaciones fiscales. El Tribunal hizo lugar al apremio, ordenó llevar adelante la ejecución con intereses desde la interposición de la demanda (07/03/25), condenó en costas a la vencida y constituyó domicilio en los estrados por notificación válida.
¿Quién es el actor?
Fisco de la Provincia de Buenos Aires.
¿A quién se demanda?
MOSTIER SACAICYF.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Ejecución/apremio provincial por el capital reclamado de PESOS CUATROCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS SETENTA CON CUARENTA CENTAVOS ($ 445.770,40), con aplicación de intereses según art. 104 del Código Fiscal desde la interposición de la demanda (07/03/25) hasta su efectivo pago.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar al pedido de ejecución; se ordenó continuar la ejecución hasta el pago íntegro de $445.770,40 más intereses (art. 104 Código Fiscal) desde el 07/03/25; se impusieron las costas a la vencida y se difirió la regulación de honorarios; se tuvo por constituido el domicilio del demandado en los estrados por haber sido anoticiado del apercibimiento.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Habiendo sido la demandada MOSTIER SACAICYF intimada de pago en el domicilio de calle Paraná Nº 326, Piso 10°, Dpto.'39' de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (ver mandamiento digital adjunto) y no habiendo opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal, que se encuentra vencido según informa el Actuario en este acto, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 116, 155 y concs. del C.P.C.C.).
Por ello, conforme lo solicitado, las constancias obrantes en autos y lo dispuesto en la ley 13.406 y en los artículos 540, 549 y concs. del C.P.C.C.,
¿Qué se resolvió?
1) Mandar llevar adelante la ejecución hasta tanto la demandada MOSTIER SACAICYF haga íntegro pago al accionante, Fisco de la Provincia de Buenos Aires del capital reclamado de PESOS CUATROCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS SETENTA CON CUARENTA CENTAVOS ($ 445.770,40). A dicho monto se le aplicarán intereses conforme lo prescripto por el artículo 104 del Código Fiscal (texto según ley 10.397, t.o. Res. 39/11) desde la interposición de la demanda, -día 07/03/25- y hasta su efectivo pago.
2) Las costas se imponen a la vencida (arts. 68, 556 y concs. del C.P.C.C.), difiriendo la regulación de honorarios para la oportunidad procesal pertinente (art. 22 ley 13406 y arts 1,2,9, 10 y concs ley 14967 y modificatorias).
3) Hallándose el demandado debidamente anoticiado del apercibimiento dispuesto en la providencia de fecha 11/03/25, conforme surge del mandamiento prealudido, tiénense por constituido su domicilio en los estrados de este Juzgado (arts. 7 ley 13.406 y 41 del CPCC). Regístrese. Notifíquese."
(Se consignan además las normas citadas por el Tribunal: arts. 116, 155 y concs. del C.P.C.C.; ley 13.406; arts. 540, 549 y concs. del C.P.C.C.; art. 104 del Código Fiscal; arts. 68, 556 y concs. del C.P.C.C.; art. 22 ley 13406; arts. 1,2,9,10 y concs. ley 14967; arts. 7 ley 13.406 y 41 del CPCC.)
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.